Las elecciones generales del próximo domingo 23 de julio están a la vuelta de la esquina y los resultados que se obtendrán aún son bastante inciertos. Lo cierto es que desde que conocimos en palabras del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, la convocatoria de estos nuevos comicios, muchos han temblado.
Son unas elecciones en las que se va a dirimir cuál será el próximo partido que gobierne durante los cuatro años venideros. Pero sin duda, la fecha de las mismas ha pillado con el pie cambiado a más de media España y eso se nota.
Y es que es una cita electoral que llega en plenas vacaciones estivales, donde miles de españoles ya tenían planes preparados desde hace meses en algunos casos. Y bien es cierto que algunos han podido excusarse de ocupar una vacante de presidente o vocal de las diferentes mesas electorales por todo el país.
Esta es la peor hora para votar el día de las elecciones del 23-J
Pero lo más grave de todo es que hay colegios electorales que ya están alertando de que tendrán serios problemas para completar esas mesas el próximo domingo 23 de julio. Una situación, sin duda alguna, más que complicada y que ha de resolverse de la forma que sea.
Y muchos de estos colegios electorales ponen de manifiesto que "el problema es que la gente no está", por lo que puede haber problemas. La papeleta está en el tejado de la Ley Electoral, pero siempre hay soluciones de última hora. Y es que el gran objetivo es que no se quede vacía ninguna vacante en estas elecciones tan particulares en pleno verano.
El caso es que las votaciones se deben llevar a cabo en todas y cada una de las mesas electorales en nuestro país. Y para ello tienen pensado un método que es recurrir a aquellos votantes madrugadores que están a las 9:00 de la mañana puntuales para depositar su voto en las urnas.
La solución de la Junta Electoral cuando no se completan las mesas
Lo cierto es que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) reza lo siguiente en el artículo 80. Expone en su punto 3 que "no puede constituirse la mesa sin la presencia de un presidente y dos vocales".
Por lo que respecta al punto 4, permite a la Junta Electoral a designar, "en tal caso, libremente, a las personas que habrán de constituir la mesa electoral. Pudiendo incluso ordenar que forme parte de ella alguno de los electores que se encuentre presente en el local".
Con lo cual, si a las 9:00 de la mañana, hora en la que abre los colegios electorales, no hay presidente y vocales, ya sean titulares o suplentes, hay solución. Y no es otra que nombrar a alguna de las personas que hayan accedido al colegio electoral a esa temprana hora.
Lo que ocurre si una hora más tarde del inicio de la votación no está constituida la mesa
Si por cualquier motivo no se pudiera constituir la mesa una hora después de la fijada como la inicial para empezar a votar (10:00), pasaría lo siguiente. Y es que se tendría que realizar una comunicación a la Junta de Zona. Esta no tendrá otro remedio que convocar una nueva votación en la mesa dentro de los dos días próximos.
Así las cosas, hay que reseñar que la Junta de Zona informa al Ministerio Fiscal de lo acaecido para investigar profundamente esa supuesta responsabilidad penal de los miembros de la mesa. O bien de sus suplentes, que no han aparecido en el colegio electoral para cumplir con sus obligaciones en esa jornada de elecciones del 23J.