El subsidio para mayores de 52 años se presenta como una solución para todos aquellos que superen esta edad y hayan agotado todas las prestaciones. Para acceder a esta ayuda se requiere cumplir una serie de requisitos. Pero recientemente acabamos de conocer una medida que impedirá que algunos parados puedan percibirla.
Es preciso que los solicitantes hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años, recoge el diario Sur. Por lo tanto, a la hora de presentar la petición habrá que justificar que se ha estado cotizando al régimen general de la Seguridad Social.
Esto afectará de manera negativa a todos aquellos profesionales que han trabajado como autónomos. Llegado el momento es muy probable que se vean forzados a bajar las persianas de su negocio ante la incapacidad de sostenerlo económicamente. Pero si no cuentan con los seis años en el régimen general, como asalariados, no tendrán acceso a esta ayuda.
Requisitos para cobrar el subsidio de mayores de 52 años
Para percibir el subsidio de mayores de 52 años se requiere tener cotizados un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Dos de ellos deben estar incluidos en los 15 años anteriores a la solicitud de la ayuda. Además será necesario que exista una cotización por desempleo en el régimen general de 6 años.
Este último punto puede resultar un tanto controvertido, ya que impedirá que muchos profesionales puedan pedir esta prestación. Afectará sobre todo a los trabajadores por cuenta propia que hayan cotizado en este régimen durante gran parte de su vida laboral.
Esto provocará, por ejemplo, que una persona que haya cotizado durante 30 años únicamente como autónomo no pueda reclamar la ayuda de mayores de 52. La ausencia de esos 6 años como empleado se lo impediría. Hay que recordar que el régimen de cotización de los autónomos no cotiza por desempleo, solo para la prestación por cese de actividad.
¿Cuánto cobran los perceptores de este subsidio?
Las personas que hayan agotado las prestaciones del paro, que cumplan con los requisitos y tengan más de 52 años podrán optar a este subsidio. Al mes ingresarán una ayuda de 480 euros mensuales que se ampliará hasta que llegue la edad ordinaria de jubilación.
Es posible que durante ese periodo pueda 'cortarse' si surge algún empleo. Aunque tampoco resultará nada sencillo debido a las dificultades que encuentra este colectivo para reincorporarse al mercado laboral a partir de cierta edad.
Hay que decir que este subsidio es el único que cotiza a la Seguridad Social para optar a una pensión de jubilación. Se ocupa de ello el Servicio Público de Empleo Estatal, que lo hará por el 125% de la base mínima de cotización de cada año.
En 2023 se mantiene en los 1.166,70 euros del pasado ejercicio. Por lo tanto, el 125% de la base de cotización se elevaría hasta los 1.458,37 euros.
Además, sobre dicha cuantía se aplicará la cotización por contingencia común, que llega al 28,3%. Es el SEPE el que corre con ella en el momento de abonar esta prestación para mayores de 52 años.
Los autónomos reclaman unas mejores condiciones
Los trabajadores por cuenta propia vienen reclamando desde hace tiempo unas mejoras en sus condiciones y coberturas. El último en levantar la voz ha sido la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA). Insisten en que no desean tener más protección que los profesionales por cuenta ajena.
Lo que no entienden es que en esta norma "se ha establecido la limitación para que autónomos en estas circunstancias no se puedan acoger", denuncian. Este colectivo se siente en cierta medida maltratado por las decisiones adoptadas por los políticos.