Mucha gente ya está planificando sus vacaciones de Semana Santa o incluso las de verano. Pero algunos las organizan con cierta incertidumbre pendientes de su futuro, como puede ser el caso de los parados. Más compleja es la situación de los que perciben el subsidio para mayores de 52 años, que deben rellenar unos trámites antes de marcharse.
De lo contrario corren el riesgo de perder la ayuda que están cobrando. Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) aclaran que existe la posibilidad de irse de viaje mientras se ingresa dicha prestación. Los que decidan moverse por España no tendrán ningún tipo de problema y no deberán de comunicarles nada.
Otra cosa bien distinta es lo que sucederá con aquellos que opten por hacer las maletas para viajar al extranjero. De ser así no podrán permanecer fuera de nuestras fronteras más allá de 15 días. Podrían ampliar ese periodo en el caso de que lo pusieran previamente en conocimiento de este organismo.
Deberán de dar explicaciones cuando vayan a estar varias semanas o meses fuera de España. Lo único que les puede salvar para seguir percibiendo la prestación es que justifiquen que están en búsqueda de trabajo o recibiendo formación.
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¿Por qué se les quitaría el subsidio a los mayores de 52 años?
Por lo tanto, el perceptor del subsidio para mayores de 52 años debe de comunicar los viajes de más de 15 días en el extranjero. Esto es así debido a que al encontrarse en situación de desempleo adquiere la obligación de asistir a las citas del paro.
Además, cuando se le concede esta ayuda es porque suscribe el compromiso de actividad y de búsqueda activa de empleo. Hay que decir que este subsidio cuenta con una serie de ventajas respecto a otras prestaciones. Sobre todo porque se podrá cobrar de manera indefinida hasta que el beneficiario llegue a la jubilación o encuentre trabajo.
La renovación, a diferencia de la prestación por desempleo que es cada tres meses, se realiza de manera anual. Es preciso que presente la declaración anual de rentas y que sus ingresos mensuales no rebasen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional. En dicha declaración es preciso que confirme la carencia de rentas.
¿Cómo debemos acreditar que vamos a estar fuera de España?
Para evitarse posibles complicaciones con la ayuda, lo más conveniente es ceñirse a las obligaciones que imponen desde el SEPE. Básicamente deben realizarse tres gestiones, indican en el portal Lo entiendo.
En primer lugar hay que presentar un comunicado en la oficina del paro o a través de una comunicación de salida al extranjero. Esta segunda opción es un formulario de pre solicitud que resultará más sencillo de cubrir. No será preciso registrarse ni contar con certificado digital.
Con la solicitud sellada acudiremos al servicio de empleo autonómico. En él se notificará los días de permanencia en el exterior. Así se podrán justificar las posibles faltas de asistencia en entrevistas de trabajo o cursos.
El último trámite debe realizarse una vez que regresemos de vacaciones. Habrá que comunicar tanto en el SEPE como en la oficina de empleo autonómica el regreso. Puede darse el caso de que nos reclamen los billetes de avión para acreditarlo.
Por lo tanto, los mayores de 52 años que estén percibiendo esta ayuda del Estado no pueden salir con tanta facilidad a otros países. De hacerlo de una manera prolongada tienen que justificarlo de algún modo.
Es cierto que los viajes de ocio no suelen alargarse más de 15 días. Pero puede darse la circunstancia de que se realicen por un motivo familiar que nos obligue a permanecer más tiempo de lo debido fuera. De ocurrir esto habrá que ser lo más transparentes posibles con el SEPE.