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Foto del SEPE con cartel de prestaciones

El máximo de veces que puedes dejar de sellar el paro antes de que el SEPE te lo quite

De no cumplir con esta obligación, el perceptor de la prestación dejaría de cobrar la ayuda

Cuando una persona se da de alta en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se compromete a cumplir una serie de obligaciones. Una de ellas es renovar de manera trimestral la demanda de empleo, conocida como cartilla del paro. Pero de no ajustarse a este requerimiento tiene muchas posibilidades de acabar perdiendo la prestación.

Esta gestión resulta de lo más sencilla, ya que puede hacerse de forma presencial, por teléfono o a través de la web. Y tan solo es una vez al trimestre cuando toca rendir cuentas con el paro. De no hacerlo se expondrían a una importante sanción.

Cuando se trate de alguien que no perciba ningún tipo de prestación, el problema será básicamente de carácter administrativo. No le repercutirá de ninguna manera desde el punto de vista económico. Pero la situación cambia por completo cuando si se encuentre percibiendo algún tipo de subsidio por parte de este organismo.

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El SEPE tiene la posibilidad de retirarle la ayuda de manera permanente en el caso de que acumule unas cuantas infracciones. Pero muchos se preguntan si después de un simple despiste o por la imposibilidad de sellar en fecha pueden quedarse sin el paro. Desde el servicio de empleo aclaran todo esto.

¿Qué ocurre por no sellar a tiempo?

La obtención de una prestación por desempleo implica que el beneficiario permanezca inscrito como demandante y renueve la demanda en los plazos fijados. Como es lógico, con este tipo de organismos los despistes se pueden pagar muy caros.

Ayudas parados
El trámite de sellado se realiza una vez cada tres meses | Getty Images

En el caso de que no se selle el paro en la fecha determinada "se iniciará un procedimiento sancionador por infracción leve. Puede suponerle la pérdida de un mes de prestación", especifica el SEPE. De haber una segunda vez en la que no renueve la demanda la pérdida de la ayuda ascendería hasta los tres meses.

Por su parte, cuando ocurra por tercera vez se expone a una pérdida de seis meses. Finalmente acabaría perdiendo la prestación por completo cuando hubiera una cuarta vez sin cumplir con sus obligaciones.

Este procedimiento sancionador se aplica también sobre el resto de infracciones leves que estimen oportunas en el servicio de empleo. Entre ellas está no presentarse en las dependencias del organismo cuando hayan sido citados. Lo mismo ocurrirá si han sido llamados por las agencias de colocación que colaboran con el paro.

Además, se considera como infracción leve no proporcionar al SEPE la información precisa para recibir notificaciones. También no cumplir con las exigencias de compromiso de actividad.

¿Cuándo debo renovar la demanda de empleo?

Es muy fácil que a los parados se les olvide renovar la demanda de empleo. Hay que realizarlo de manera trimestral y es posible que por un despiste no cumplan con esta obligación. En ese caso, lo mejor es poner un recordatorio en la alarma del móvil o dejar una nota en la puerta del frigorífico.

Un joven, ante una oficina del Servicio Público de Empleo.
La prestación se llega a perder por completo cuando no se acude por cuarta vez a renovar la demanda de empleo | EP

Para saber cuándo se debe acudir a la oficina del paro a hacer este trámite hay que fijarse en la tarjeta del paro. Se le conoce también como Documento Acreditativo de Renovación de la Demanda. En él aparece recogida la fecha de renovación.

Es posible que el día que nos toque sellar caiga de fin de semana o de festivo. De ocurrir esto, el día de sellado se trasladará al siguiente día hábil.

Hasta hace unos años exigían a los parados que acudieran a realizar esta gestión de manera presencial a las oficinas del SEPE. Pero ya se puede hacer por internet, de una manera segura y a cualquier hora del día. Tan solo habrá que acceder al servicio con un usuario y contraseña.