Durante muchos años, millones de españoles tuvieron que sufrir las cláusulas abusivas de un número elevado de hipotecas. Sin duda, un verdadero quebradero de cabeza para muchas familias de nuestro país que vivieron la peor cara de firmar aquellas hipotecas.
Bien es cierto que aquellos que padecieron este tipo de injusticias hipotecarias, hoy están de enhorabuena tras pasar lo peor durante muchos años. Y esta buena nueva viene después de la excelente noticia que les ha dado una asociación.
Hablamos de la Asociación de Usuarios Financieros, conocida como Asufin. Y es que, por si no lo sabías, si eres uno de los afectados por estas cláusulas, puedes reclamarlas en el caso de aquellas hipotecas ejecutadas antes del año 2013.
Así lo ha afirmado tal asociación en los últimos días. Desde el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo de España, conceden lo siguiente a los que sufrieron ejecuciones hipotecarias antes del mencionado año. Y es que podrán reclamar por esas cláusulas abusivas tan injustas para tantas familias.
La mejor noticia para los afectados por las cláusulas abusivas de las hipotecas
Dicha asociación expone que antes de 2013, no se podían examinar contratos y escrituras que provocasen la paralización de ejecuciones hipotecarias. Por suerte, esto se reguló con la Ley 1/2013 de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, modificación de deuda y alquiler social. Así, se permitía desde ese año hacer una revisión de los contratos para anunciar las cláusulas abusivas.
Desde Asufin, la sentencia 526/2017 del 27 de septiembre del Tribunal Supremo, ha sido un soplo de aire fresco. Y sobre todo, una novedad importantísima para "poder revisar las miles de liquidaciones de intereses, y con ello otras cláusulas abusivas, como los suelos".
"Establecen un interés mínimo a pagar en hipotecas variables aunque la suma del euríbor más el diferencial se sitúe por debajo de esa cota. Una que a tipos desorbitados, del 20% o incluso 29%, fueron aprobadas en infinidad de ejecuciones", dejan claro desde la asociación.
Esto venía marcado por un pronunciamiento previo emitido por el TJUE el 29 de octubre de 2015. Se fijaba como opuesto al derecho de la Unión Europea el plazo de un mes desde la publicación de la Ley 1/2013. Así, el consumidor tiene la opción de esquivar esa ejecución bancaria.
"Todo ello permite ensanchar el trámite más allá del legalmente establecido para que en cualquier momento se pueda plantear la nulidad por abusiva de cualquier cláusula contenida en el préstamo ejecutado", prosiguen desde Asufin.
Los afectados pueden hacer las reclamaciones pertinentes y recuperar mucho dinero
Así las cosas, los afectados por hipotecarias previas a 2013 podrían hacer una reclamación de "todas las cláusulas abusivas. Especialmente, aquellas que dan lugar a retorno económico, como los intereses de demora", exponen de forma clara.
"En su momento dispararon la deuda que dio lugar a la ejecución, pero también por comisiones como la de posiciones deudoras, o cláusulas suelo, entre otras muchas", según la asociación. A su fin, deja claro que tan solo en el año 2012 hubo 39.051 entregas de viviendas habituales a las entidades de crédito.
De estas, 19.716 fueron voluntarias, incluyendo 15.174 daciones de pago. Y a su vez, 19.335 por medio de la vía judicial, en el 85 % de estos casos con la casa vacía y el resto de ellos con la vivienda ocupada.
Por último, Asufin quiere apuntar que "una proyección de estos datos aplicada al periodo entre 2008 y 2013, ofrece una estimación aproximada de 90.000 viviendas habituales entregadas a los bancos. Y todo como consecuencia de los procedimientos de ejecución iniciados en dicho periodo, potenciales reclamadores de cláusulas abusivas en todos esos contratos".