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Montaje de personas firmando un alquiler y fajo de billetes

La OCU avisa: el número que debes incluir en el contrato de alquiler para pedir ayudas

Si te olvidas de incluir ese código, perderás mucho dinero

Ponerse a buscar un alquiler es en ocasiones una odisea y una vez que lo has conseguido, debes saber un aspecto clave. Y es que si quieres disponer de esas ayudas de alquiler del Gobierno, tienes que tener claro que hay un número o código identificativo de la vivienda fundamental.

Es un código necesario a incluir en los contratos de arrendamiento. Y es que de no hacerlo, no vas a acceder a unas ayudas que te van a venir realmente bien económicamente.

Todos sabemos a los precios que están los alquileres en España. Y especialmente en las grandes ciudades, donde es casi imposible no destinar la mitad del sueldo al mismo.

Por lo que la economía de miles de españoles que viven en esta situación, se resquebraja de forma notable. Con todo, las ayudas al alquiler de viviendas son siempre un gran alivio. Por ello, cuando vayas a firmar ese contrato que te una al propietario del piso, debes incluir sí o sí la referencia catastral de la vivienda.

Una persona sosteniendo una maqueta de una casa con una llave y una mano cogiendo varios billetes de euro
Las ayudas al alquiler de viviendas siempre vienen bien | Getty Images, 89Stocker

Si no incluyes este código identificativo, no podrás acceder a las ayudas de alquiler

Nos referimos a ella como una 'matrícula' de la vivienda que identifica el inmueble en el catastro. Desde la Organización de Consumidores y Usuarios, explican que, aunque los contratos en España tienen total libertad llegando a la posibilidad de ser verbales, no es tan fácil como lo pintan.

Y es que nosotros tenemos que certificar que hemos alquilado una vivienda mediante un contrato bien realizado y en el que incluyan esos datos tan importantes como tal código de identificación.

Para saber dónde hallar este código tan importante a la hora de firmar un contrato de alquiler, en primer lugar, podemos buscar en este documento. Uno que todos los años el consistorio de nuestra ciudad envía al domicilio del propietario para pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Hay varias formas de obtener la Referencia Catastral de la vivienda en alquiler

En caso de que dicho pago haya sido domiciliado, tendremos un problema porque el justificante del banco no aporta ese código tan vital. Con todo, tendremos que ponernos en contacto con el Ayuntamiento para conseguir tal código.

A su vez, también podemos obtener tal Referencia Catastral en la Sede Electrónica del Catastro. Ahí se podrá conseguir ese número clave tan solo con incluir los datos la dirección de la vivienda en cuestión. Desde la OCU, recuerdan que si no incluimos esta referencia catastral en el contrato de alquiler, las ayudas de alquiler se van a perder por desgracia.

Esta organización pone el foco especialmente en un caso que sucedió en Madrid. Y todo después de que una mujer que había alquilado un piso, no pudo obtener esa ayuda por no recoger la referencia catastral en el contrato de arrendamiento.

Montaje de una persona firmando una hipoteca y una redonda con billetes de euro
La Referencia Catastral es clave a la hora de poder acceder a las ayudas | Photobyphotoboy

La Justicia tumbó el recurso de una inquilina a la que le denegaron una ayuda

Esta recurrió en los juzgados, pero finalmente, el TSJ de Madrid declinó tal recurso. Y es que el artículo 38 de la Ley del Catastro Inmobiliario dice lo siguiente sobre tal situación.

"La referencia catastral de los bienes inmuebles deberá figurar en los instrumentos públicos, mandamientos y resoluciones judiciales, expedientes y resoluciones administrativas", reza tal artículo.

"Deberá hacerlo en los documentos donde consten los hechos, actos o negocios de trascendencia real relativos al dominio y demás derechos reales, contratos de arrendamiento".

"También de cesión por cualquier título del uso del inmueble, contratos de suministro de energía eléctrica, proyectos técnicos o cualesquiera otros documentos relativos a los bienes inmuebles que se determinen reglamentariamente. Asimismo, se hará constar en el Registro de la Propiedad, en los supuestos legalmente previstos", deja claro el citado artículo 38 de la Ley del Catastro.