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Montaje con edificios y manos entregando una llave

Si vas a vivir de alquiler a partir de septiembre, mucho ojo con estas cláusulas

Siempre que firmes un contrato, conviene prestar especial atención

Adquirir una vivienda en propiedad en España es cada vez más difícil. El precio de la vivienda es un 4,6 % más caro que en junio del 2022 si lo comparamos con el año actual, según un informe de Tinsa.

Los precios inmobiliarios han experimentado un aumento constante en las últimas décadas, superando con creces el crecimiento de los ingresos medios. Esta disparidad genera dificultades para que muchas personas, especialmente jóvenes y familias con ingresos bajos, puedan acceder al mercado de la vivienda.

La demanda continua es impulsada tanto por compradores nacionales, como por inversores extranjeros. Esto, unido a la limitada oferta, ha contribuido a la escasez de propiedades asequibles en ubicaciones urbanas deseables.

En esta situación, miles de personas optan por una alternativa que, a priori, es más asequible: el alquiler de vivienda. Sin embargo, el mercado de este tipo de alquileres también está experimentando un espectacular aumento.

Montaje de personas firmando un alquiler y fajo de billetes
Los precios siguen subiendo | España Diario TIPS, Getty Images, 89Stocker

Esto se puede apreciar mucho más en las grandes ciudades españolas. La media de los alquileres en Madrid es de 819 € al mes, mientras que el Barcelona es de 769 €. El metro cuadrado tiene un valor de 17,16 € en Baleares, mientras que en la capital es 16,70 €, y en la Ciudad Condal es 15,94 €.

Algunas cláusulas abusivas en el alquiler podrían hacerte perder dinero

La Asociación de Usuarios Financieros en España (Asufin) ha emitido una serie de advertencias y pautas para arrendadores y arrendatarios en relación con los contratos de alquiler en el país:

En primer lugar, recuerdan que los contratos de alquiler no pueden contener renuncias a las prórrogas obligatorias. Esto significa que el contrato puede prorrogarse hasta cinco años, y el arrendatario no puede ser obligado a renunciar a esta prórroga.

Una persona sosteniendo una maqueta de una casa con una llave y una mano cogiendo varios billetes de euro
Te contamos cuáles son las abusivas cláusulas que debes evitar firmar | Getty Images, 89Stocker

Además, la permanencia mínima de un inquilino en una vivienda está fijada en 6 meses. Si el inquilino decide abandonar antes la vivienda, deberá indemnizar al propietario con las rentas restantes hasta cumplir ese periodo. Sin embargo, estas indemnizaciones no deben ser desproporcionadas.

En cuanto a la fianza, el arrendatario no puede exigir una que supere el importe de una mensualidad de renta. Aunque las partes pueden pactar garantías adicionales, estas no pueden exceder de dos mensualidades de renta.

Además, el arrendador solo puede aplicar subidas de precio de la renta por reformas o mejoras a partir del quinto año de contrato, salvo pacto entre las partes. El inquilino puede exigir indemnización si las obras requieren alojamiento alternativo. En general, el arrendador debe realizar y pagar las reparaciones de la vivienda.  A no ser que sean consecuencia del uso diario normal o del mal uso por parte del inquilino.

Especial atención requiere el alquiler por habitaciones, que se rige por el Código Civil en lugar de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Se deben distinguir los contratos compartidos solidarios y mancomunados. En el primero, los inquilinos son solidariamente responsables del pago total de la renta, mientras que en el segundo cada inquilino es responsable de su parte proporcional.

Llave con un llavero de una casa encima de varios billetes y facturas
La permanencia mínima, la cuantía de la fianza o la prórroga del contrato: que no te engañen | Getty Images

Los hogares en alquiler aumentaron casi un 20 % en diez años

A pesar de estas cláusulas, el mercado del alquiler sigue obteniendo protagonismo a lo largo de los años. El número de hogares que en 2021 vivía en alquiler es de un 19,15 % superior al número de 2011. En los últimos 20, además, el incremento ha sido del 41 %.

Por provincias, Barcelona se lleva la palma. Y lo hace debido a que casi un tercio de las viviendas de la provincia catalana están dedicadas al arrendamiento, en concreto un 30,9 %. Le sigue Baleares, Madrid y Tarragona, que dedican un 25,1 %, un 24 % y un 24 % a este supuesto.

Para seguir afianzando la idea de que el alquiler está en auge, debemos observar los datos de compra de viviendas. Según el INE, esto coincide con un descenso progresivo del número de inmuebles en propiedad. En 2001, el 82,2 % de la población tenía una casa en propiedad, mientras que en 2021 el porcentaje apenas superaba el 75 % (75,5).