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Médico pasando una consulta a un paciente

La nueva baja laboral que solo pueden solicitar las mujeres desde este mes de junio

Descubre los nuevos derechos de las mujeres que entran ya en vigor

Excelente noticia para las mujeres que sufren habitualmente una regla dolorosa y que hasta ahora no podían pedir la baja en el trabajo por ello. Una novedad que muchas mujeres esperaban desde hace meses como agua de mayo y ya se ha hecho realidad.

Lo cierto es que después de la modificación de la Ley General de la Seguridad Social, las mujeres están de enhorabuena. Aquellas que tengan una menstruación dolorosa e incapacitante tendrán derecho a la baja laboral temporal desde este jueves 1 de junio de 2023.

El caso es que este jueves es la fecha prevista para que entre en vigor un nuevo derecho en pos del bienestar de las mujeres.

Las mujeres podrán pedir la baja laboral temporal por menstruación dolorosa

Y no es la única novedad en torno a las mujeres. El caso es que se va a reconocer el derecho a baja por interrupción del embarazo, sea voluntaria o no. Además de la baja a partir del primer día de la semana 39 de gestación.

Mujer tocándose el estómago con las manos
Las mujeres tendrán nuevos derechos laborales a partir del 1 de junio | Getty Images

Nos estamos refiriendo a unos derechos en favor de las mujeres y relativos a la menstruación de las mismas que fueron fijados hace unos meses. Concretamente en el Marco de la Ley Orgánica 1/2023 del 28 de febrero del presente año en cuanto a la salud sexual y reproductiva y la interrupción voluntaria del embarazo.

Así las cosas, se modifica la Ley General de la Seguridad Social para poner en valor estas situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes.

La norma no fija un número de días concreto

Nos referimos a aquellas bajas laborales en caso de menstruación dolorosa e incapacitante secundaria. Además de la situación que tiene lugar tras la interrupción del embarazo y el embarazo desde el primer día del mismo hasta la citada semana 39.

La ley no marca los requisitos para pedir estas bajas, aunque se solicitará la verificación de la situación de la mujer, a través del médico de cabecera. Por ejemplo, se hará como si se tratase de cualquier enfermedad común a todos los mortales.

Mujer durmiendo en una cama con sábanas de color azul marino
Aquellas mujeres que sufran reglas incapacitantes tienen algo que celebrar | Getty Images

Igualmente, esta norma no deja claro la cuantía de la prestación económica. Eso sí, hace tiempo, las bajas por contingencias comunes están relacionadas con el 60% de la base reguladora y desde el cuarto día al vigésimo está incluido. Y el 75% desde el día 21 en adelante.

Si nos referimos a las menstruaciones incapacitantes e interrupción del embarazo, la ayuda se abonará mientras el beneficiario esté en una situación de incapacidad temporal. Y lo que se ha puesto de manifiesto es que dicha norma no fija un número de días concreto, cuando sucede en este tipo de situaciones que atañen a las mujeres.

Características de la baja por menstruación dolorosa y cómo solicitarla

Será el médico quién determine si el dolor es incapacitante y fije el número de días durante el que se alargará la baja. Con todo, este pondrá de manifiesto si la paciente tuvo algún otro cuadro de menstruación dolorosa a lo largo de su historia clínica.

A su vez, se comprobará si la mujer tiene diagnosticadas enfermedades como la endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, pólipos endometriales u ovarios poliquísticos, entre otras.

Según expone dicha norma, estas bajas podrían ser de tipo anual y será el médico quien decida la periodicidad de la misma. Si se marcase una baja anual, las mujeres que por norma padezcan reglas incapacitantes, no se verán obligadas a acudir a su médico de cabecera cada 28 días.

Así las cosas, podrán tirar de ellas siempre que su salud no les deje llevar a cabo una jornada laboral normal. Sin duda alguna, el paso a dar en este 1 de junio marcará un antes y un después en los derechos laborales de las mujeres.