El anteproyecto de la Ley de Familias contempla una serie de ventajas muy interesantes para los padres con hijos a su cargo. Sobre todo concernientes a los permisos retribuidos para que puedan atenderlos. Pero también se recoge una medida para facilitar la conciliación entre aquellos que tengan niños menores de 12 años.
Se abre la puerta a que estos profesionales con hijos puedan solicitar el teletrabajo durante un periodo máximo de 12 años. Dicha ley todavía se encuentra en fase de trámite parlamentaria y puede experimentar cambios.
En ella se recoge que "las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo. En la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación". En este apartado se menciona la posibilidad de desarrollar su labor a distancia.
De esta manera se garantizaría "su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral". En dicho documento se dice que las "adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas".
Ajustándose a las necesidades del trabajador y a las "organizativas o productivas de la empresa". Tal y como aparece contemplado en el anteproyecto de Ley, los empleados "tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos cumplan 12 años".
Hasta la fecha, la mayoría de los beneficios que se concedían a los padres llegaban tras el nacimiento de los niños. Pero la adaptación de la jornada laboral con la solicitud del teletrabajo no quedaría limitado únicamente a esas primeras semanas de vida del menor.
Si unos padres tienen un hijo de 8 años en el momento en que se apruebe la Ley, todavía podrían disfrutar de esta ventaja. En su caso podrían reclamar 4 años de teletrabajo o alguna de las adaptaciones que se incluyen en la ley.
Una medida que se amplía
Además de los hijos de menos de 12 años, estos derechos también los tendrán aquellos que cuenten con necesidades de cuidado respecto de los hijos mayores de 12. Afectará también al cónyuge, pareja de derecho y familiares de hasta segundo grado, así como personas dependientes que convivan en el mismo inmueble.
Cuando se saca adelante una medida de estas características siempre existe el riesgo de que caiga en saco roto. Puede suponer un contratiempo para las empresas, que en muchos casos ignorarían dichas peticiones. Según la norma, las compañías disponen de un máximo de 15 días para analizar la solicitud.
Se entiende que se concederá "si no concurre oposición motivada expresa en este plazo", se lee en el diario Cinco Días. Una vez finalizado el trámite, la empresa debe de comunicar la aceptación de la misma. De no estimar la solicitud tiene la necesidad de presentar una solución alternativa que facilite la conciliación del trabajador.
En el caso de que se aporte "una propuesta alternativa o se deniegue la petición", habrá que comunicar las razones objetivas. En el citado anteproyecto se indica que el profesional tendrá el derecho a volver a la situación anterior una vez finalizado el periodo estipulado. Lo mismo sucederán cuando concluyan las causas que provocaron la petición.
Explican que "en el resto de los supuestos, de concurrir un cambio de circunstancias que así lo justifiquen, la empresa podrá denegar el regreso". Siempre que haya "razones objetivas motivadas para ello", como indica el documento.
El teletrabajo, con posibilidades de salir adelante
La Ley de Familias fue aprobada en segunda lectura por el Consejo de Ministros. Admiten desde el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que hubo ciertas modificaciones respecto a la primera versión. Pero el teletrabajo seguía estando presente en la última actualización. La previsión es que en cuestión de unos pocos días se publique el documento con los últimos cambios.