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Montaje de dinero y una redonda con una silla de ruedas

El grado de incapacidad que hay que tener para empezar a cobrar una pensión

La Seguridad Social fija el grado de incapacidad para acceder a la ayuda

La Seguridad Social no deja de lado a esas personas con diferentes tipos de incapacidades y que son conscientes de que tienen mayores dificultades para buscar un trabajo. En la actualidad, a pesar de que los datos de empleo son mejores que de un tiempo a esta parte, aún sigue costando encontrar un trabajo de calado.

Eso sí, a estos ciudadanos que tienen algún tipo de incapacidad, la Seguridad Social también les va a ayudar, aunque con ciertos matices. Y es que para ser beneficiario del subsidio por incapacidad permanente es necesario cumplir un grado de incapacidad determinado.

Cuando hablamos de pensión por incapacidad permanente nos referimos a aquella que es abonada al trabajador de la siguiente forma. Ocurre cuando después de recibir el alta médica, el afectado en cuestión tiene dificultades anatómicas o funcionales graves que reducen o definitivamente fulminan su capacidad para trabajar.

El grado de incapacidad permanente que debes tener para cobrar esta pensión

Esta pensión va claramente dirigida a aquellas personas que después de sufrir un accidente o una enfermedad, no pueden regresar al trabajo que desempeñaban previamente. Eso sí, hay que dejar claro que no todos los que poseen cierto grado de incapacidad pueden recibir esta pensión de la Seguridad Social.

Montaje de fajo de billetes de 50 euros y cartel de la Seguridad Social
Te pagarán una pensión por incapacidad cumpliendo ciertos requisitos | Getty Images, espanadiario.tips

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que dirige José Luis Escrivá remarca sin dejar dudas quién puede percibir dicha pensión. Y es que esta será destinada a aquellas personas que cumplan unos porcentajes concretos, que desvelamos a continuación.

Si tienes un grado de incapacidad igual o superior al 65 %, te beneficiarás de una paga

Nos encontramos con un baremo que te va a indicar si entras o no como beneficiario de esa ayuda. Si tienes interés en pedir este subsidio, debes saber antes de nada un dato clave. Y es que la pensión por incapacidad la recibirán aquellas personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

Para verificarlo, un tribunal médico tendrá que ver al afectado y dirimir si hablamos de una incapacidad permanente u otro tipo de grado de discapacidad. Esto significa que hasta que no termine el trámite en conjunto, no te van a poder pagar esta ayuda tan necesaria para muchos españoles que no pueden trabajar aunque quieran.

Por otro lado, aquellas personas que tengan un grado de discapacidad menor al 33 %, no podrán cobrar una pensión ni tener otro beneficio fiscal o social. Debemos reseñar que el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) será el que estudie el estado de cada beneficiario en cuestión. Y siempre tendrá en cuenta el informe médico que realizan los sanitarios de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Montaje de un médico apuntando y un pulgar hacia arriba
El Equipo de Valoración de Incapacidades siempre tiene en cuenta el informe médico | Getty Images, Billion Photos

En la Sede Electrónica de la Seguridad Social puedes hacer la solicitud de forma sencilla

Además, también pondrán el foco de forma notable en los antecedentes profesionales del solicitante. Para pedir esta ayuda, debes entrar en la web de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Una vez ingreses dentro de esta, vas a hallar un formulario que tienes que rellenar y enviar toda la documentación que te requieren.

Es vital entregar la acreditación de identidad del solicitante, el Documento Nacional de Identidad para los españoles. Y cómo no, el pasaporte o documento de identidad vigente para los extranjeros, residentes o no residentes en nuestro país.

A su vez, debes tener claro que hay que mandar toda la documentación que acredite la representación legal o de la emancipación del solicitante menor de edad. Y atención en el caso de que hablemos de un tutor institucional, el CIF o el NIF.

Un documento donde se compruebe el nombramiento de tutela de la institución y certificación acreditativa de la representación de la institución.