Realizar una transferencia bancaria, en principio, no acarrearía ningún tipo de contratiempo. Sin embargo, excederse con las cantidades puede suponernos una importante multa que llegaría, en algunos casos, hasta los 2.500 euros.
Detrás de este tipo de operaciones tan rutinarias se encuentran muy pendientes tanto los bancos como la Agencia Tributaria. Con el propósito de acabar con el movimiento irregular de capital, Hacienda fija unos topes a los que deben ajustarse todos los ciudadanos.
El objetivo principal de todo esto es evitar delitos como el blanqueo de capitales, la evasión de impuestos o el fraude. Por eso habría que poner mucha atención a todas aquellas transferencias que se efectúen entre familiares. En ocasiones, un préstamo o una cesión de dinero entre seres queridos puede acabar bajo investigación de las autoridades.
¿A cuánto puede ascender como máximo una transferencia?
El límite para realizar transferencias bancarias quedó estipulado en 6.000 euros. Así lo recoge la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Cuando se supere dicha cuantía, desde el banco tendrán que notificárselo a la Agencia Tributaria.
En el momento en que se rebasen los 10.000 euros en este tipo de operaciones, Hacienda tendrá la potestad de comenzar una investigación. El propósito es analizar la procedencia de dicho dinero. A ello se le une que el beneficiario de la misma deberá recoger dichos datos en su Declaración de la Renta, publica Noticias Trabajo.
Los contribuyentes y los bancos deberán, además, informar de determinados movimientos a partir de los 3.000 euros. Lo mismo ocurrirá cuando las transacciones se ejecuten con billetes de 500 euros al margen del importe final de la operación. De no cumplir con sus obligaciones, la persona que lleva a cabo este trámite se enfrentaría a sanciones de hasta 2.500 euros.
¿Qué hacer para evitar la multa?
Si queremos evitarnos problemas con la Agencia Tributaria, lo más conveniente es seguir a rajatabla todas las exigencias. Para no vernos sorprendidos por un requerimiento en el que nos reclamen la justificación de los ingresos conseguidos, lo adecuado sería presentar el modelo S1.
En este formulario deberán aparecer recogidos los datos del beneficiario y del emisor del ingreso. También el origen y destino de ese dinero. Una vez completado el documento podrá presentarse de manera telemática a través del certificado electrónico o Cl@ve PIN.
De no declarar a Hacienda las transferencias, el beneficiario de esas cantidades se expone a una multas cuantiosas. Se fija entre el 2% y el 25% del importe no declarado. Esto supone que aquellos que hagan un envío de dinero de 10.000 euros podrán ser sancionados con 2.500 euros.
Lo mismo sucederá con aquellos que omitan datos o cometan algún error con el formulario del modelo S1. En su caso, la multa ascenderá hasta los 150 euros.
Los límites de dinero si utilizas Bizum
Una alternativa a las transferencias bancarias son los envíos realizados a través de Bizum. Tal y como recoge el blog de la plataforma, el mínimo será de 0,50 euros, mientras que el máximo asciende a 1.000 euros. Eso sí, también aclaran que estas condiciones pueden verse modificadas en función de cada entidad.
El número de operaciones es ilimitado, con un tope que no puede superar los 2.000 euros al día. En cuanto al límite mensual, la cuantía quedará establecida en los 5.000 euros. Pero no solo se imponen exigencias en este sentido a los emisores.
El destinatario también tendrá que adaptarse a una serie de requisitos. Como máximo podrá obtener un total de 60 ingresos al mes, con un tope de 2.000 euros al día. Sin embargo, no hay un límite por encima cuando se traten de compras online.