Trabajar o desarrollar un empleo es una de las acciones más comunes de los seres humanos. Todas y cada una de las personas que componen una sociedad deben trabajar para obtener ingresos. De esta manera, consiguen dinero para poder llevar a cabo su vida de una manera plena y feliz.
Sin embargo, no todo el mundo trabaja, ya sea porque la persona no quiere o no lo necesita o por otra razón completamente diferente. Y es que, desgraciadamente, existen enfermedades o accidentes que imposibilitan el desarrollo de un empleo. Por ello, se puede pedir la incapacidad absoluta permanente.
Se trata de una condición en la que una persona se encuentra completamente inhabilitada. Es decir, sin capacidad para desempeñar cualquier actividad laboral remunerada debido a una enfermedad o lesión grave y permanente.
Es un término del ámbito de la seguridad social y la legislación laboral para describir el segundo grado más alto de incapacidad reconocida oficialmente. Solo es superado por el grado de gran invalidez, cuando la persona necesita la asistencia de otra en su vida diaria.
En España, cuando una persona es declarada con una incapacidad absoluta permanente, puede recibir una pensión por discapacidad. También otro tipo de beneficios económicos para ayudar a cubrir sus necesidades básicas y gastos médicos.
¿De qué cantidad es la pensión que puedo cobrar?
Según datos de la Seguridad Social en mayo de 2019, el país contaba con 342.470 afectados por esta incapacidad permanente absoluta. Este importante número de personas recibe un montante mensual muy interesante.
El mal trago que supone tener esta ingravidez se compensa económicamente de la mejor manera posible. De hecho, la cuantía de esta pensión es el 100 % de la base reguladora, lo máximo posible.
En el caso de las pensiones contributivas, estas tienen cantidades máximas y mínimas. Estas cuantías son establecidas por el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado, por lo que pueden variar cada año.
Para conocer la cantidad exacta hay que tener en cuenta una serie de condicionantes, como la edad o si tienes cónyuge a cargo. Las cantidades mínimas mensuales oscilan, aproximadamente, entre los 743,30 euros y los 966,20 euros. La máxima está fijada en 2023 en 3.059,23 euros al mes.
Sin embargo, para muchos surge la duda de cuáles son las enfermedades por las que sí se puede cobrar esta pensión. Al contrario de lo que se piensa, no existe una lista oficial de enfermedades. Sin embargo, conocemos algunas por las que se puede conceder esta incapacidad permanente.
Estas son las enfermedades por las que (seguramente) tengas la incapacidad permanente
La siguiente lista representa las enfermedades por las que podrías recibir la incapacidad permanente absoluta: Acromatopsia, acondroplasia, agorafobia, Alzheimer, arterioesclerosis, cardiopatías, cáncer, demencia senil, ELA (esclerosis lateral amiotrófica)…
También la enfermedad de Crohn, enfermedad pulmonar, enfermedad de Raynaud, enfermedad de Paget, enfermedad de Pompe, espondilitis anquilosante, esquizofrenia, fibromialgia, fibrosis pulmonar, glaucoma, hipoacusia…
Se incluyen también la insuficiencia renal crónica, isquemia arterial crónica, narcolepsia, neuropatía, obesidad mórbida, párkinson, parálisis cerebral, prosopagnosia, polio, síndrome de Takotsubo, síndrome de Brugada, síndrome de Meniere, síndrome de Capgras y síndrome de Sjögren.
En este listado se incluyen enfermedades comunes como cáncer o fibromialgia (dolor musculoesquelético generalizado). También otras consideradas “raras” como el síndrome de Takotsubo o el de Brugada.
Para poder recibir esta pensión es indispensable pasar por un tribunal médico. Esto es necesario sea cual sea la enfermedad y su grado de incapacidad. El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) tiene la última palabra.