La prestación contributiva por desempleo, el paro, es la principal ayuda para los españoles que no tienen trabajo. Para acceder a ella hay que cumplir una serie de requisitos, como tener un mínimo de un año cotizado. Además, la prestación tiene una duración máxima de dos años en el mejor de los casos.
El Servicio Estatal de Empleo (SEPE) ofrece varios subsidios dirigidos a los parados de larga duración. Se trata de aportaciones mensuales para los españoles que han agotado el paro, pero siguen sin encontrar trabajo. El subsidio por desempleo más conocido es el de los mayores de 52 años.
Pero el SEPE cuenta también con un subsidio para desempleados mayores de 45 años. Se trata de una ayuda de 480 euros al mes para parados de larga duración que tienen entre 45 y 52 años. Una vez superada esta edad se puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años, hasta la jubilación.
Subsidio por desempleo para mayores de 45 años
El subsidio por desempleo para mayores de 45 años es una ayuda de 480 euros al mes, cuya duración depende de la situación familiar. Los desempleados sin cargas familiares pueden cobrar la ayuda durante seis meses. Si hay cargas familiares, el subsidio puede alargarse hasta 21 meses.
El SEPE entiende por cargas familiares tener cónyuge o hijos menores de 26 a cargo. En este caso la ayuda se va prorrogando en plazos de seis meses hasta su duración final. La administración establece una serie de requisitos para solicitar la ayuda en el caso de los parados sin cargas familiares:
- - Tener 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación
- - Estar desempleado
- - Haber agotado la prestación por desempleo
- - Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el agotamiento de la prestación
- - No haber rechazado ofertas de colocación adecuadas
- - No haberse negado a participar en acciones de formación salvo causa justificada
- - Suscribir el compromiso de actividad
- - Tener ingresos por debajo del 75% del salario mínimo interprofesional (810 euros mensuales)
El SEPE aclara que los requisitos deben estar vigentes en el momento del hecho causante. En el caso de no cumplir los requisitos económicos, se puede solicitar el subsidio si en el plazo de un año sí se cumplen. La duración máxima de la prestación sin cargas familiares es de seis meses.
Mayores de 45 con responsabilidades familiares
Los mayores de 45 años con cargas familiares pueden solicitar el subsidio con los mismos requisitos mencionados anteriormente. Lo único que cambia es que deben acreditar su situación familiar. En este caso, la ayuda se va prorrogando en plazos de seis meses hasta un total de 21.
En cada prórroga, el beneficiario debe acreditar que mantiene los requisitos que motivaron la concesión de la ayuda. Por ejemplo, que sigue inscrito como demandante de empleo y que sigue cumpliendo el límite de rentas. Una vez agotada la prestación, estos parados tienen dos opciones.
Los que aún no han llegado a los 52 años, pueden solicitar la renta activa de inserción. Se trata de una ayuda de duración indefinida para personas vulnerables y en riesgo de exclusión social. Está pensada para parados de larga duración que han agotado el paro y el subsidio para mayores.
Los que ya han cumplido los 52 años pueden solicitar el subsidio de 480 euros al mes hasta la jubilación. La ventaja de esta ayuda es que además cotiza para la pensión de jubilación. Para acceder a estas ayudas debes solicitar cita previa en el SEPE, y previamente acreditar la búsqueda activa de empleo.