Cuando se acerca la edad de jubilación, muchas personas comienzan ya a vislumbrar el dinero que van a obtener por su jubilación. Sin embargo, hay una manera de empezar a cobrar una ayuda antes de esto. Se trata del subsidio para mayores de 52 años.
Si no encuentras empleo con esa edad y has acumulado la cotización necesaria, ya puedes solicitar este subsidio. Para poder jubilarse y obtener esta ayuda se debe tener al menos 15 años cotizados y dos deben estar dentro de la quincena más reciente.
Sin embargo, no todo es tan fácil como parece. Hay otros requisitos que pueden hacer que sea imposible solicitar el subsidio, de 480 euros al mes. Por ejemplo, el límite de ingresos mensuales, que no debe ser muy alto.
No se puede superar el 75% del SMI
Si se quiere poder optar a esta ayuda, no se puede superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional. Es decir, no recibir más de 810 euros brutos, ya que el SMI se encuentra actualmente en 1.080 euros.
Además, el artículo 275 de la Ley General de la Seguridad Social afirma lo siguiente. No se tienen en cuenta los ingresos del resto de miembros de la unidad familiar al solicitar el subsidio.
Por lo tanto, el individuo que solicita la ayuda no debe recibir esa cantidad citada anteriormente con independencia de la que reciban sus familiares. Además, de ese ingreso queda excluida la parte proporcional de las pagas extras. Se toman las 12 mensualidades del SMI para el cálculo.
Se da la particularidad de que este subsidio es el único que se puede recibir hasta la edad de jubilación. Además, permitirá el benefactor seguir cotizando hasta llegar a la ansiada jubilación, aunque por la base mínima.
La declaración anual de rentas será obligatoria
Para poder percibir esta ayuda el beneficiario debe realizar una declaración anual de cuentas, de manera obligatoria. El propósito de esto es saber si el individuo no gana más dinero del permitido. Si se observa que no, se le puede seguir manteniendo la ayuda.
Esta declaración obligatoria comenzará a hacerse 12 meses siguientes a la aprobación de la ayuda. Dejar de hacerla representará una consecuencia indeseada para el receptor: dejar de obtener el subsidio.
Si en lugar de saltarse el trámite te olvidas, admites que quieres seguir cobrando el subsidio y lo presentas fuera de plazo, el proceso será diferente. Seguirás obteniendo la ayuda, pero no durante el tiempo que estuviste sin hacer la declaración.
Como se ha mencionado anteriormente, es indispensable que los ingresos del receptor no superen ese 75 % del SMI. Sin embargo, el SEPE debe observar diferentes rentas para advertir que, entre todas, no se supera la cantidad citada.
Evalúa la idoneidad del solicitante del subsidio para mayores de 52 años considerando diversas rentas. Por ejemplo, las rentas brutas del trabajo por cuenta ajena, becas u otras ayudas similares.
También considera el importe de la indemnización por extinción del contrato (siempre que supere la indemnización legal). Así como los ingresos brutos de todo tipo de prestaciones (a excepción de la prestación por hijo a cargo y el cobro anticipado de la deducción fiscal de la mujer trabajadora con hijos menores de 3 años).
Además, también rendimientos brutos de cuentas bancarias e inversiones financieras. Lo mismo que rendimientos de capital inmobiliario, rendimientos de actividades por cuenta propia, y plusvalías y otras rentas.