Una medida impuesta por la Seguridad Social afecta a miles de hogares españoles. De no cumplir con las exigencias planteadas por este organismo se exponen a importantes sanciones. Dicha orden hace referencia a las familias que tengan contratadas empleadas del hogar.
A partir de este mes entra en vigor una nueva regularización por el que podrán percibir una prestación por desempleo. A través de las redes sociales comunicaban que el primer mes para el cobro de las cuotas para el paro y el Fondo de Garantía Salarial se retrasaría. Se pasaría a partir de diciembre.
Mejorar la situación de un colectivo poco valorado
Desde la Seguridad Social explican que con el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, se busca mejorar la situación de estas profesionales. El objetivo es que sus condiciones se equiparen a las del resto de empleados por cuenta ajena en el ámbito laboral.
La labor desempeñada por las profesionales del hogar siempre ha estado infravalorado. Hasta hace muy poco tiempo, las familias no tenían la obligación de asegurarlas en la Seguridad Social. Por lo tanto, realizaban una labor sin cotizar y sin disponer de una protección en caso de enfermedad o accidente.
Incluso hoy en día todavía se siguen desarrollando este tipo de prácticas, aunque la intención de las autoridades es erradicarlas por completo. En cualquier caso resulta complicado al tratarse de unos servicios que se llevan a cabo en un ámbito privado. En muchas ocasiones, las dos partes optan por esquivar la legalidad y acuerdan que dicho trabajo se realice sin contrato.
¿Cómo debe formalizarse la relación entre las dos partes?
Para que un acuerdo entre una familia y una empleada del hogar resulte legal es preciso que se realice un contrato por escrito. De no hacerse de esta manera se entiende que la vinculación será indefinida y a jornada completa excepto que se acredite lo contrario.
Ambas partes tienen la posibilidad de exigir que el acuerdo se rubrique a través de un contrato escrito. La persona que vaya a desempeñar las tareas del hogar debe ser correctamente informada sobre los puntos esenciales del compromiso. También se le tienen que comunicar las condiciones del trabajo.
Entre otras cosas es preciso que conozca los horarios, las retribuciones y la duración del acuerdo. En el caso de que fuera preciso deberían informarle sobre el régimen de pernoctas en la vivienda donde presta sus funciones.
El salario a percibir por las empleadas del hogar sería de 1000 euros mensuales en 14 pagas. En el caso de reducirlo a 12 pagas, la cifra se elevaría a 1166,67 euros. La retribución por horas implica un desembolso de 7,29 euros por cada hora, mientras que en el caso de incluirse vacaciones se elevaría a 7,82.
¿Es obligatoria la cotización por desempleo?
Desde el pasado 1 de octubre es obligatoria la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial por parte de los empleadores. Las bases de cotización para el paro serán las correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
En lo que se refiere al tipo de cotización, hasta final de año será del 6,05%. El 5% lo asumirá la parte empleadora, mientras que el restante 1,05% corre a cargo de la trabajadora.
Desde la Seguridad Social señalan que podrá acceder a la prestación por desempleo una vez que concluya su compromiso profesional. Eso sí, será necesario que como mínimo haya una cotización de 300 días.
Además, tendrán derecho a los subsidios asistenciales siempre que se cumplan las exigencias requeridas. En todo momento se valorarán las cotizaciones hechas en cualquiera de los regímenes por los que se cotiza.