Acceder a una vivienda de protección oficial, conocida como VPO por sus siglas, es uno de los objetivos de muchas personas en España. Sin embargo, para poder hacerlo, es necesario cumplir con una serie de requisitos.
Este tipo de viviendas están disponibles a precios más económicos que los que se pueden encontrar, de forma general, en el mercado. Además, están destinadas, en especial, a personas en situación de vulnerabilidad.
Por este motivo, cuando se adquiere una de ellas, hay que seguir una serie de normas. Por ejemplo, darle un uso tan solo residencial y emplearla como vivienda habitual. Asimismo, si se vende, hay que esperar un tiempo establecido.
Viviendas de protección oficial para compra o venta
Dentro de las viviendas de protección oficial, se pueden diferenciar aquellas destinadas a la compra o a la venta, así como aquellas destinadas al alquiler. En el caso de las primeras, existen distintos tipos y requisitos para poder acceder.
1. Qué tipos existen
En primer lugar, encontramos las viviendas de precio limitado o VPPL. Estas construcciones pueden contar con una superficie de hasta 150 m2. Además, tan solo se pueden levantar sobre suelo que esté destinado a la vivienda social.
Por otro lado, encontramos las viviendas con protección pública básica o VPPB. En este caso, la superficie máxima desciende a los 110 m2. Si están destinadas a familias numerosas, esta podrá ser de hasta 150 m2.
Por otro lado, seguirán bajo el régimen de protección los siguientes 20 años. Sin embargo, el propietario podrá venderla antes, siempre a un precio más económico que el máximo legal.
2. Requisitos para acceder a alguna de ellas
En este sentido, los requisitos son distintos. En primer lugar, el solicitante debe ser mayor de edad y no puede tener otra propiedad. Asimismo, tampoco puede haber tenido otra vivienda de protección oficial en el pasado.
Por otro lado, debe estar inscrito en el registro de demandantes de VPO dentro de su comunidad autónoma. Además, no puede sobrepasar algunos umbrales de renta establecidos. Estos suelen ser de entre 2,5 y 5,5 veces el Indicador Anual Público de Renta de Efectos Múltiples.
Viviendas de protección oficial para alquiler
Al igual que tenemos las viviendas de protección oficial para compra o venta, también existen las destinadas al alquiler. De nuevo, hay diferentes tipos y los requisitos cambian.
Tipos que existen en la actualidad
En primer lugar, encontramos la vivienda de precio tasado o VPT. Se tratan de construcciones que están destinadas a ser compradas. Sin embargo, se pueden alquilar si se cumplen algunas condiciones.
Por otro lado, están las viviendas de integración social o VIS. En este caso, se tratan de residencias a las que solo pueden acceder personas que necesiten protección social. Su superficie máxima es de 130 m2 y no se pueden tener en propiedad.
Por último, están las viviendas con protección pública para arrendamiento o VPPA. Estas son construcciones que pueden tener un máximo de 110 m2. Si son para familias numerosas, el número asciende a 150 m2. Además, el acceso a ellas lo marca la renta anual de las familias.
Estos son los requisitos para acceder
Para acceder a este tipo de viviendas hay que cumplir con alguno de los siguientes requisitos. En primer lugar, el solicitante debe ser mayor de edad y tener nacionalidad española o residencia permanente en el país.
Además, no puede disponer de otra vivienda, ni tampoco otro miembro de la misma familia. Por su parte, sus ingresos no pueden ser tres veces más del IPREM.
También se podrá acceder a ellas si el solicitante está jubilado o no tiene ingresos y debe afrontar deudas hipotecarias que superen las de su prestación. Lo mismo sucede si tiene hijos menores a su cargo o si tiene una familia monoparental.
Asimismo, se tiene en cuenta a las personas en situación de vulnerabilidad o si dentro de los solicitantes hay una víctima de violencia de género. También se tiene en cuenta si existe algún miembro con una discapacidad superior o igual al 30%.