La prestación contributiva por desempleo, más conocida como el paro, es una ayuda para los trabajadores sin empleo que han cotizado al menos un año. La duración de la prestación depende de los años cotizados. En todos los casos es una atribución mensual, salvando una excepción.
El Servicio Público de Empleo, el SEPE, ofrece la posibilidad de cobrar la prestación por desempleo en un solo pago. Eso sí, existen una serie de requisitos. El principal es que esta posibilidad está reservada para los trabajadores que quieran emprender un negocio o una actividad laboral.
Estos trabajadores deben convertirse en trabajadores por cuenta propia, en el Régimen de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. El SEPE lo denomina “capitalizar la prestación” y tiene como objetivo fomentar el empleo autónomo. Estos son todos los detalles para solicitarlo.
Capitalización del paro: requisitos
Existe una forma de cobrar todo el paro de golpe. Se llama capitalizar el paro, y el requisito fundamental es que estés en situación de desempleo y tener como mínimo tres meses de paro por cobrar. Además, no puedes haber recurrido a esta opción al menos en los cuatro años anteriores.
Para capitalizar el paro debes darte de alta como autónomo en el plazo de un mes posterior a la resolución que concede el pago único. Puedes realizar la solicitud online en la sede electrónica del SEPE, o de manera presencial. Tienes que presentar una memoria sobre el proyecto que quieres impulsar.
No pueden solicitar el paro los que hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación en los 24 meses anteriores a la solicitud. En el caso de cooperativas con un período de prueba, hay que haber superado ese período. Se puede presentar la solicitud al mismo tiempo que se pide el paro.
El SEPE informa: 3 circunstancias
Según informa el SEPE, podrá abonar la cantidad de la prestación por desempleo a los trabajadores por cuenta ajena, bajo tres circunstancias. La primera, que trabajen mediante contrato de trabajo en una sociedad mercantil. No importa la antigüedad ni el tipo de contrario (completo, parcial o fijo discontinuo).
En segundo lugar, que la sociedad mercantil se haya declarado en concurso y que los trabajadores quieran adquirir las acciones o participaciones. Deben haber presentado al juez una propuesta de adquisición de empresa. El juez debe haber acordado su transformación en sociedad cooperativa o laboral.
En tercer lugar, que la adquisición de acciones por parte de la persona trabajadora reúna las condiciones legalmente necesarias para adquirir la condición de sociedad laboral o transformarse en cooperativa. En estos supuestos, el SEPE accede a la capitalización. El beneficiario recibe el paro en un único pago.
Pago único: cuánto te toca
La cantidad mínima del paro que vas a cobrar es de 559,86 euros para desempleados sin hijos y 748,82 para un hijo o más. La cantidad máxima es de 1.224,71 para desempleados sin hijos, 1.399,67 para un hijo o más, y 1.557,63 para dos hijos o más. Pero estas cantidades son mensuales.
Por lo tanto, una persona que cobrara el mínimo de 559,86 durante un año cobraría de golpe 6.718,32 euros. En el caso de acceder al paro máximo de 1.557,63 euros durante dos años, cobrarías de golpe 37,383,12 euros. En todo caso, dependerá de cuánto pare te toque y durante cuántos años.
Hay que recordar que la duración del paro depende de cuánto tiempo hayas cotizado. El mínimo son 120 días (cuatro meses) y el máximo 720 días. Además, al importe bruto de la prestación se aplican dos tipos de deducciones, la cotización a la Seguridad Social y la retención del IRPF.