El 15 de febrero se puso en marcha el plazo para solicitar el cheque-alimentación de 200 euros para hogares vulnerables. Desde que se presentó esta ayuda, ya generó muchas dudas como quién podía pedirla. Ahora, con la puesta en funcionamiento de la web para pedirla, siguen los problemas.
Muchos usuarios se quejaron de que la página estaba colapsada en las primeras horas de la apertura del plazo. La Agencia Tributaria reaccionó señalando el aluvión de peticiones como causa de la saturación. En apenas unas horas se registraron decenas de miles de solicitudes de esta ayuda.
Los que consiguieron acceder al formulario se enfrentaron a otros problemas, algunos de tipo informático y otros de fondo. Muchos se toparon con algo inesperado que les impide enviar la solicitud correctamente. Se trata de una condición imprescindible para pedir el cheque-alimentación de 200 euros.
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La condición que hará que muchos no puedan cobrar la ayuda
La Agencia Tributaria ha dejado muy claros los requisitos para poder acceder a esta ayuda. El solicitante debe haber desempeñado alguna actividad a lo largo de 2022, habiendo estado dado de alta en la Seguridad Social. En su defecto, debe haber cobrado alguna prestación o subsidio por desempleo.
Las personas que no cumplan una de estas dos condiciones, no pueden cobrar los 200 euros. Tanto es así, que en el apartado de “Condiciones” del formulario, hay tres casillas. Una para confirmar que tiene su residencia habitual en España, y las otras dos para señalar al menos una de las dos condiciones.
Se da el caso, por ejemplo, de solicitantes que no desempeñaron ningún trabajo dados de alta en la Seguridad Social. Y que tampoco cobraron ninguna prestación por desempleo (en muchos casos, porque ya han agotado el paro). Al no poder marcar ninguna de las casillas, no pueden completar el trámite.
Si quieren finalizar el trámite deben marcar una de las dos casillas, pero en este caso están enviando una información errónea. La administración comprobará la situación del solicitante en 2022 y rechazará la solicitud por incumplimiento de los requisitos. En definitiva, no podrán cobrar la ayuda.
Solicitudes rechazadas: el motivo principal
Los que cumplen los requisitos solo deben hacer constar los datos del domicilio, e identificar a los convivientes con relación conyugal o de parentesco. El solicitante no debe aportar ninguna documentación adicional. Es la Agencia Tributaria quien se encarga de cruzar los datos con otras administraciones.
Si Hacienda detecta que algunos de los requisitos especificados no coinciden con los datos de la administración, procede a rechazar la solicitud. Si pasados tres meses de la entrega del formulario la persona no recibe respuesta, se da por rechazada. En todo caso, hay un plazo para alegaciones.
Algunos usuarios se están encontrando con sorpresas como esta al desconocer en toda su profundidad las condiciones de la ayuda. El Gobierno asegura haber simplificado al máximo el procedimiento para que llegue a todos los hogares que cumplen con los requisitos. Es decir, a unos 4,2 millones de hogares.
Quién puede pedir la ayuda y otras dudas
Los potenciales beneficiarios tienen de plazo hasta el 31 de marzo para rellenar el formulario de solicitud. Pueden pedirla aquellos hogares cuyas rentas conjuntas no superen los 27.000 euros anuales. También aquellos cónyuges sin vínculo legal ni hijos conjuntos, o convivientes sin vínculos familiares.
En el caso de estas parejas pueden pedir la ayuda por separado y se cuentan los ingresos también por separado. En todos los casos no pueden superar los 75.000 euros de patrimonio, excluida la vivienda habitual. Esta ayuda es incompatible con cobrar una pensión o el Ingreso Mínimo Vital (IMV).