Muchos trabajadores verán mejoradas sus condiciones económicas a partir de este año. Algunos incluso llegarán a cobrar una paga extra de 2.160 euros. Una cuantía que percibirán en junio y diciembre, que son las épocas de más consumo.
El Estatuto de los Trabajadores contempla este derecho a cobrar las dos extraordinarias al año. Aunque es cierto que algunos convenios o empresas incluso recogen alguna más.
En cualquier caso, estos pluses que ingresarán los asalariados se deben a la última medida del Ejecutivo de incrementar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Hace apenas unas semanas se aprobó aumentarlo un 8%, lo que supone que llegue ya hasta los 1.080 euros mensuales. Pero dicho incremento no lo disfrutarán todos los empleados. Solo aquellos con unas nóminas más bajas.
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Hay que aclarar que esos 1.080 euros serían al mes, pero durante 14 pagas. Por lo tanto, habría que añadirle las dos extras por el mismo importe. La cuantía bruta al cabo del año ascendería por lo tanto a los 15.120 euros.
Puede darse el caso de que una empresa decida prorratear las pagas extras y reducirlas a doce mensualidades. De suceder esto, el salario bruto mensual no podría situarse por debajo de los 1.260 euros. Además, es preciso dejar claro que las pagas extraordinarias no pueden ser inferiores a 30 días de salario base.
¿Quién cobrará la extra de 2.160 euros?
No todos los trabajadores tendrán acceso a la paga extra de 2.160 euros. Solo aquellos que perciban el salario mínimo y se encuentren contratados a tiempo completo y parcial. En los meses de junio y diciembre ingresarán en sus cuentas 1.080 euros correspondientes a la mensualidad, más otros 1.080 de las extras.
Así lo recoge el Real Decreto 99/2023 publicado en el Boletín Oficial del Estado. El aumento del Salario Mínimo Interprofesional se aprobó con el año ya empezado. Sin embargo, la mejora se aplicará con carácter retroactivo desde el primer día de enero. Esto significa que los que estuvieran empleados antes de esa fecha podrán disfrutar del salario mínimo en 14 pagas, con un incremento en febrero.
Además, cobrarán íntegras las dos pagas extras de verano y navidades. Si la compañía para la que trabajan lo considera oportuno ingresarán en un único pago 2.160 euros en junio y diciembre.
Puede darse la situación de que alguien haya sido contratado más tarde de enero. De ser así, únicamente tendría la posibilidad de recibir como plus la parte proporcional del tiempo trabajado.
¿Tienen derecho a la extra los empleados a tiempo parcial?
La norma pretende que salgan beneficiados tanto los que se encuentren a jornada completa como los que estén a tiempo parcial. Estos últimos también apreciarán mejoras en sus condiciones laborales aunque por el número de horas no lleguen al SMI.
En el caso de los asalariados a tiempo parcial, el sueldo ascendería a 540 euros brutos al mes, recoge El Heraldo. Esto supondría al año unos ingresos de 7.560 euros. Esta norma también afecta a las empleadas del hogar, que es uno de los colectivos que cotiza por horas.
También han hecho hincapié en otros grupos de trabajadores que no alcanzan la jornada completa. El Gobierno se pronunció sobre las condiciones que tendrán los temporeros y trabajadores eventuales que ofrezcan un servicio para una sola compañía.
Indican que no pueden superar los 120 días. Y en lo que se refiere al salario, nunca podrá estar por debajo de los 51,15 euros por jornada. Lo que se busca es mejorar las condiciones laborales de aquellos que menos ganen y que tengan una mayor protección social. De ahí la apuesta tan importante por incrementar el salario mínimo a los que menos ganan.