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Billetes de 50 y 20 euros en una mano, sobre una mesa de madera

La prestación de 500 euros del SEPE que se puede cobrar a la vez que trabajas

Para percibir esta ayuda habrá que cumplir una serie de requisitos

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una serie de ayudas a aquellos que carecen de un empleo. Sin embargo, también ponen a disposición de aquellas personas activas que se encuentren trabajando de una prestación de 500 euros. Eso sí, para percibirla será necesario acreditar una serie de requisitos.

Desde este organismo público tratan de colaborar con la gente que se encuentre en situación de desempleo y vulnerabilidad. De ahí que ofrezcan una serie de pagas que pueden ser tanto contributivas como no contributivas.

En el caso de aquellos que se encuentren trabajando, la suya ascendería hasta casi los 500 euros. Este ejercicio alcanza los 463,21 euros al mes, pero a partir de enero de 2023 se situará en los 480. Dicha cantidad corresponde al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

El pago de esta prestación se abonaría de manera indefinida. Eso sí, una de las condiciones que imponen es que todos los años se presente la declaración de la renta. Pero a ello se le unen otra serie de requisitos.

Condiciones para cobrar esta ayuda del SEPE

En primer lugar es preciso que el interesado se encuentra registrado en el SEPE como demandante de empleo. Al menos "durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo" que se encontraba recibiendo, explican. También será preciso que no haya rechazado durante ese mes ninguna oferta de colocación.

Un hombre con camisa y corbata contando billetes de 50 euros
La ayuda del SEPE ascendería hasta casi los 500 euros | Getty Images

Tampoco debió negarse a tomar parte en acciones de formación, promoción o reconversión profesional. Pero esta ayuda tampoco está pensada para todos los desempleados. Será preciso que cuenten con 52 años o más y que haya finalizado la prestación o subsidio por desempleo durante ese año.

Desde el servicio de empleo público también recuerdan que deben cumplirse una serie de condiciones en cuanto a las rentas. Mensualmente no deben superar "el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias", recoge Las Provincias.

Contar con al menos 15 años de cotización

Además, para disfrutar de esta prestación mientras se trabaja será necesario contar con un mínimo de 15 años cotizados a la Seguridad Social. De esos 15 años, dos deben estar recogidos en los últimos 15. También se tendrá en cuenta que se haya cotizado por desempleo al menos seis años en el sistema de la Seguridad Social.

¿Cuándo puede embargar la ayuda del paro el SEPE?

Es importante que se cumplan todas las obligaciones con el SEPE. De lo contrario, siempre se corre el riesgo de que en algunos casos nos lleguen a embargar el dinero de las prestaciones. Aunque no resulte lo más frecuente, puede producirse esta circunstancia.

La Seguridad Social tiene la capacidad de embargar tanto el paro como las pensiones cuando el beneficiario presente deudas públicas. No obstante, habría que mantener una cantidad mínima para que el ciudadano pueda hacer frente a los gastos del día a día.

Un joven, ante una oficina del Servicio Público de Empleo.
Hay que cumplir una serie de requisitos para percibir dicha prestación | EP

Eso sí, el SEPE advierte de una excepción por la que podrían apoderarse de toda la prestación. Explican que "es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional". Así lo contempla la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Esto significa que no habrá posibilidad de retirar importes que equivalgan al salario mínimo. En estos momentos se encuentra en los 1.000 euros al mes en 14 pagas.

Sí que se podrá apartar de manera parcial la cantidad que rebase dicha cuantía. La única excepción por la que se quedaría sin la prestación por desempleo sería cuando incurriese en una serie de impagos. Ya fuera de prestaciones alimenticias a cónyuges o hijos en separaciones y divorcios.