Cuando estamos más cerca de llegar al ocaso de nuestra vida profesional, las dudas nos asaltan. Hay que conocer cuáles son los requisitos y trámites de la Seguridad Social para poder cobrar una más que merecida pensión de jubilación. Uno de esos trámites que muchas veces no solemos reparar es entregar la fe de vida a la Seguridad Social.
Bien es cierto que no a todos los pensionistas se les requiere que entreguen este documento y así lo explica la aseguradora Mapfre en su blog sobre jubilación y pensiones. Expone quiénes son aquellos que deben entregarla y el motivo por el que deben acometer este trámite.
Desde la propia Mapfre se apunta que tan solo los pensionistas que viven en el extranjero deben de presentar la fe de vida para cobrar dicha pensión. El resto de personas que se jubilan no tienen que hacer este trámite, excepto que la Seguridad Social se lo requiera por alguna razón.
Los pensionistas que están obligados a presentar la fe de vida o perderán su pensión
Este trámite se debe realizar en el primer trimestre del año, concretamente entre los días 2 de enero y el 31 de marzo. Y el objetivo del mismo es que la Seguridad Social sepa a ciencia cierta que el pensionista está vivo y debe seguir pagándole esa pensión de jubilación.
Si hablamos de los pensionistas que viven en España, pueden respirar tranquilos porque no están obligados a entregar dicha fe de vida. Si nos fijamos en el artículo 17.5 del Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social, la responsabilidad citada la tienen las entidades financieras.
Estas son las que deben de avisar a la Seguridad Social de que el pensionista está vivo. Además, hay un caso en el que sí se le pide la fe de vida a los pensionistas. Hablamos de aquellos jubilados que tienen una edad muy avanzada y que apenas realizan este tipo de trámites con la Seguridad Social.
Lo que te ocurrirá si no muestras la fe de vida en la Seguridad Social
Con lo cual, se les pide que le comuniquen su situación al banco para que estos informen puntualmente a la Seguridad Social.
En caso de no realizar ese trámite, el Estado no tendría esa prueba de vida y puede entender que el pensionista ha muerto. Así, le quitará la prestación por jubilación y su cometido no será otro que intentar certificar ese fallecimiento.
En cuanto a la forma de conseguir esa fe de vida, tenemos que dirigirnos al Registro Civil, un organismo dependiente del Ministerio de Justicia. Allí podremos expedir este documento donde vienen señalados los detalles más importantes de una persona, como es el estado civil, entre otros.
La obtención de la fe de vida es un trámite totalmente gratuito
Para conseguir esta fe de vida, en caso de vivir en extranjero, se puede acceder a esta mediante un notario que acredite que la persona está viva. O bien mediante el consulado de nuestro país o en las consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del país en cuestión.
Si vive en España y lo necesita, puede requerirlo a la Oficina del Registro Civil del lugar de residencia donde se haya inscrito el nacimiento del interesado.
Hay que decir sobre este trámite que la obtención de la fe de vida es totalmente gratuita. Y no hay que esperar nada por el mismo, ya que en el momento en que lo vas a solicitar, te lo entregan de forma inmediata. Por tanto, toma nota de esta serie de consejos si no quieres que te quiten la pensión por la que tanto has luchado a lo largo de tu vida profesional.