Todos sabemos que el paro tiene una duración máxima de 24 meses. Esta es una forma del Estado para proteger a aquellos que aún queriendo trabajar se han quedado sin empleo. Pueden estar en tal situación ya sea de forma temporal o definitiva, o bien si se redujo su jornada laboral entre un 10 y un 70%.
El tiempo en meses que podemos cobrar ese paro se calcula según el tiempo de ocupación cotizado durante los seis años previos a la situación legal de desempleo. O bien cuando finaliza la obligación de cotizar o desde el arranque del derecho a prestación de desempleo anterior.
Hay que reseñar que las vacaciones pagadas y no disfrutadas están fijadas como periodos de ocupación cotizada. Toma buena nota de ello porque, si estás desempleado, este asunto del que te vamos a hablar te interesa más de lo que piensas.
La prestación por desempleo para un trabajador tras 6 meses con varios contratos
Para calcular esa prestación por desempleo, hay que irse a la base reguladora. Y se hace la media de las bases de cotización de los últimos 180 días de trabajo previos a la finalización del empleo.
El total de la prestación por desempleo en estos primeros seis meses es del 70% de la base reguladora. Debes saber que a partir de los seis meses, concretamente el día 181, será del 60% de esa base.
Desde el SEPE avisan que "los importes resultantes de ese cálculo no pueden ser inferiores al tope mínimo ni superiores al tope máximo establecido en la Ley. Y todo según el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) y según se tengan o no hijos o hijas a cargo".
Las cuantías de la prestación se determinan teniendo en cuenta el IPREM
Afirman igualmente qué ocurre si en los últimos seis meses cotizados, el desempleado ha tenido diferentes contratos a tiempo parcial con porcentajes de tiempo de trabajo diferentes. Y es que "las cuantías máximas y mínimas de la prestación se determinarán teniendo en cuenta el IPREM".
"Y el promedio de horas trabajadas durante ese periodo. Ponderándose tal promedio en relación con los días cotizados en cada empleo a tiempo parcial o completo durante dicho periodo", explican.
Hay que apuntar que la subida de un 3,6% del IPREM desde que comenzó 2023, se ha manifestado de esta forma. Lo hace en que las cantidades que cobran este año aquellos beneficiarios y ciertas prestaciones serán notorias. Y que elevará el umbral de ingresos para acogerse a otras ayudas.
Es necesario conocer que el valor de este indicador nació en 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional. Y se convirtió en el índice de referencia a la hora de otorgar ayudas y subsidios, el cual se fija en los Presupuestos Generales del Estado.
Si sube el IPREM, el total de la prestación aumentará
Estamos hablando de un valor clave cuando queremos acogernos a becas, ayudas de compra o alquiler de viviendas. También a los subsidios por desempleo, el paro, el bono social eléctrico, la Renta Activa de Inserción e incluso el subsidio para mayores de 52 años.
Por ello, como conclusión, vemos que la subida del IPREM incide de una manera clara en la prestación contributiva por desempleo.
Bien es cierto que aunque la cantidad final varía según la base reguladora, las prestaciones tienen un tope y las cantidades máximas y mínimas quedan marcadas por el citado IPREM. Por ello, si sube este valor, el total de la prestación aumentará.
Con todo, el paro por desempleo fija sus cuantías mínimas en 560 euros mensuales. Y si nos referimos a la máxima llegará a los 1.575 euros mensuales, tal y como informa el propio Servicio Público de Empleo Estatal.