Si el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) te deniega el subsidio para mayores de 52 años, no te preocupes, tienes otras opciones. Puedes recurrir a otras ayudas para compensar tu fuente de ingresos. Te informamos de 5 de ellas que puedes pedir si te encuentras en esta situación.
Aunque 3 de ellas las conceda la misma administración pública, las otras dos son tramitadas por distintos organismos. Una de ellas corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, y la otra los Servicios Sociales de la localidad donde estés empadronado o empadronada.
Suele haber dos motivos habituales por los que se te deniega el subsidio
Aunque hay diferentes requisitos que cumplir para que se te conceda el subsidio para mayores de 52 años, hay dos de ellos que suelen repetirse con más frecuencia. El primero es que cada mes recibas unos ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
El segundo es no cumplir con el mínimo de cotización que se pide. No obstante, no todo acaba aquí. Si te han denegado esta ayuda, consulta cuáles puedes pedir como alternativa.
Las 5 ayudas que puedes pedir si te deniegan el subsidio para mayores de 52 años
1. Ayuda familiar
Si tu desempleo va para largo y tienes responsabilidades familiares, esta ayuda es para ti. Tiene una duración de 6 meses, pero se puede prorrogar dependiendo de la edad que tengas y del paro que has gastado. Entonces, puedes optar hasta 24 o 30 meses en caso de que hayas consumido un paro de más de 4 meses.
2. Renta activa de inserción
La renta activa de inserción tiene una duración máxima de 11 meses. Hay varias situaciones por las que se concede: estar en situación de desempleo a largo plazo, tener discapacidad del 33% o más, ser emigrante retornado o ser víctima de violencia de género o doméstica. La cuantía que se recibe al mes es de 480 euros.
3. Subsidio Extraordinario por desempleo
Esta ayuda es muy limitada en cuanto a tiempo y compensaciones. Es decir, la duración es de 6 meses sin opción a prórroga. Además, después de esta no es posible solicitar otra ayuda a la misma administración pública (Servicio Público de Empleo Estatal). Aun así, la cuantía que se recibe en caso de que te la concedan, es de 480 euros.
4. Renta Mínima de Inserción de las Comunidades Autónomas
La cuantía de esta ayuda la determina cada Comunidad Autónoma. Este dinero va destinado a aquellas personas o familias que no tienen los recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas. Además, también incluye un proceso de intervención social.
5. Ingreso Mínimo Vital
El objetivo de esta ayuda es prevenir la pobreza y la exclusión social de las personas o familias. Por tanto, se la dan a aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad y carecen de los recursos necesarios básicos. Este año, la cuantía de esta ayuda se establece en los 565,37 euros para una única persona, ampliando en un 30% cada miembro adicional.