La conducción cuenta con algunas normas muy conocidas: llevar siempre el cinturón de seguridad, no utilizar dispositivos como el móvil, respetar las señales y los límites de velocidad. Incluso quienes no tienen el carnet, saben que estas normas son las más básicas.
Sin embargo, existen otras actitudes que debemos respetar y que no tenemos tan presentes porque son gestos bastante cotidianos. Algo que no los convierte en menos graves o peligroso. La obligación de los conductores, por lo tanto, es la de evitarlos. Al menos, si quieren evitar enfrentarse a sanciones de hasta 500 euros y la pérdida de 6 puntos.
Los gestos más sencillos y comunes que pueden salirte muy caros
Aunque la máxima preocupación de los conductores deba ser enfocar su atención en la conducción, lo cierto es que no todo el mundo cumple con esta regla. Por ello, es bastante común ser testigo de cómo un conductor discute o se da un beso con el copiloto u otros pasajeros.
Un gesto que aparentemente es inocente, pero que puede acarrear serias multas. Por este tipo de comportamiento, puedes enfrentarte a una multa que ascienda a los 100 euros, aunque el máximo está establecido son los 500 euros.
Además, el agente policial podría considerar que estás llevando a cabo lo que se conoce por conducción temeraria. Un hecho que se traduciría es un descuento de 6 puntos del carnet. Por lo tanto, te verías desprovisto de la cantidad monetaria y de los puntos en el carnet.
Hay quienes consideran estas medidas algo duras, pero son del todo necesarias. La razón es obvia, teniendo en cuenta que este tipo de prácticas perjudica la atención del conductor sobre la carretera.
El dilema de conducir mordiéndose las uñas o maquillándose
Por otro lado, gestos como el de morderse las uñas o maquillarse mientras se conduce, también son punibles. El conductor no estaría respetando con la obligación de conducir con una postura correcta o con la de conducir con las dos manos al volante para poder controlar el coche debidamente.
Asimismo, estas acciones, como los anteriores, pueden ser castigadas de distintas formas, siempre dependientes de cómo se han llevado a cabo los hechos. Los agentes, por ejemplo, pueden tener en cuenta si este tipo de infracción se ha cometido parado en un semáforo o conduciendo por cualquier vía.
La primera situación se vería traducida en una sanción de 100 euros, no obstante, la segunda ascendería directamente a los 500 euros y los 6 puntos menos. Como es lógico, la multa siempre dependerá del riesgo que conlleva tanto para los pasajeros del coche como para los demás usuarios.
El reglamento que ampara estas multas
Estas sanciones son el resultado de incumplir diferentes artículos del Reglamento de Circulación de la Dirección General de Tráfico (DGT). Algunos de los relacionados con este tipo de comportamiento son el 17.1 o el 18.1.
El primero recoge que: "los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos". Algo que se incumple en el momento en el que el conductor tiene comportamientos ajenos a la conducción como se han recogido anteriormente.
El segundo señala lo siguiente: "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados".
Todas estas, son obligaciones que un conductor distraído en discutir o maquillarse jamás cumplirá. Por consiguiente, los conductores que se encuentren en esa situación deben aceptar las sanciones que se les impongan, puesto que sus acciones atentan deliberadamente contra distintos artículos recogidos en dicho reglamento.