Cobrar el desempleo en España no solo es un respaldo financiero, sino también una red de seguridad necesaria. Proporciona estabilidad mientras se busca una nueva oportunidad laboral, permitiendo al beneficiario centrarse en su búsqueda de empleo.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo encargado de otorgar la prestación por desempleo y suele hacerlo a través de un ingreso bancario. Ahora bien, existen también la posibilidad de cobrarlo en efectivo.
Las excepciones al ingreso en la cuenta: dos casos
En primer lugar, este organismo podrá pagarte en mano cuando no pueda ingresar la prestación en la cuenta. Esto no suele suceder, pero es posible que, en algún momento señalado, ocurra un problema y no haya más remedio que pagar en efectivo.
La segunda opción, aunque tampoco común, puede ser más habitual. Corresponde a cuando el beneficiario asegura que la prestación en su cuenta bancaria puede ocasionarle un perjuicio grave. Aunque esto resulte difícil de entender, vamos a explicar algunos ejemplos.
La primera es encontrarse en una situación que requiera protección especial o ser víctima de violencia de género o doméstica. El hecho de que sea en mano el pago tiene el objetivo de preservar la identidad y seguridad de las personas afectadas.
El segundo caso puede afectar a personas mayores o del medio rural, que no tengan tantos recursos. Es cuando se justifica y alega la imposibilidad de abrir una cuenta corriente por parte de la persona trabajadora.
El tercer caso es, sin embargo, más amplia. Se trata de obtener la autorización del SEPE para el pago mediante recibo. Las razones proporcionadas por la persona trabajadora para obtener dicha autorización deben estar debidamente justificadas en el expediente.
Requisitos para cobrar el paro en España
Para acceder a la prestación por desempleo en España, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar afiliado/a y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social con cobertura por desempleo.
- Encontrarse legalmente desempleado/a, estar disponible para buscar empleo y aceptar ofertas laborales adecuadas. La solicitud debe incluir un acuerdo de actividad.
- Mantenerse inscrito/a como demandante de empleo durante todo el periodo de percepción de la prestación.
- Haber trabajado y cotizado al desempleo al menos 360 días en los últimos 6 años. Esto antes de la situación legal de desempleo o el cese de la obligación de cotizar.
- Para emigrantes retornados, haber cotizado al desempleo en España durante al menos 360 días en los 6 años anteriores al retorno. Esto sin percibir prestación en otro país del Espacio Económico Europeo o Suiza.
- No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
- No realizar actividad por cuenta propia o trabajo a tiempo completo. A menos que esta sea compatible según un programa de fomento de empleo.
- No percibir una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.