Después de quedarse sin empleo, los trabajadores tienen la posibilidad de cobrar una ayuda. Es lo que se conoce como prestación contributiva por desempleo o paro. Pero también existe la posibilidad de que nos la retiren en caso de que no cumplamos con las exigencias establecidas.
Todas las personas beneficiarias de este tipo de subsidio se comprometen a cumplir una serie de obligaciones y compromisos. Entre ellos se encuentra registrarse como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). También se requiere que haya un intento de búsqueda de trabajo activa para salir de esa situación de inactividad.
Todos aquellos que se den de alta en el paro y cobren la prestación tendrán que sellar una cartilla. De no realizarlo correctamente se exponen a ser sancionados por parte de organismo. Y en el peor de los casos se les puede llegar a retirar la ayuda.
El riesgo de no sellar el paro
Consiste en un trámite muy simple que puede hacerse de forma online, por teléfono o de manera presencial, recoge el diario As. Este procedimiento de renovación de la demanda de empleo se realiza con una frecuencia trimestral. De ahí que sea posible que por un descuido u olvido pasemos por alto dicha gestión.
De ocurrir esto, el parado tendría que enfrentarse a una posible sanción, sobre todo cuando se repita con mucha frecuencia esta acción. Por lo tanto, la persona que percibe una prestación del SEPE y no selle la cartilla del paro tiene posibilidades de perderla. Sería el primer motivo por el que le cortasen la ayuda.
Desde el citado organismo indican que "se iniciará un procedimiento sancionador por infracción leve". Aclaran que puede implicar "la pérdida de un mes de prestación".
En el caso de que no lo renueve por segunda vez, se enfrentaría a perder tres meses de la ayuda. Si hay una tercera ocasión, perdería seis meses, mientras que por una cuarta vez perdería la prestación.
Lo que se considera como una infracción leve puede llegar a adquirir la condición de grave cuando se repite el descuido varias veces. Desde que se aprueba por primera vez la prestación, la renovación de este trámite debe realizarse cada tres meses.
En el documento que se le facilite al parado se le indicará la fecha exacta para sellar el paro. Una vez superado ese periodo de 90 días, indican que el margen de tiempo para sellar se alargará 15 días hábiles.
Otros motivos que pueden dejarte sin la prestación
Además de no renovar la demanda de empleo, hay otros cinco motivos que pueden hacer que te quedes sin la prestación. El segundo en esta lista es que se haya agotado la duración de la misma.
En tercer lugar, cuando se produzca una compensación de un cobro indebido. Esto supone que el beneficiario le adeuda un dinero al SEPE y es la manera que tendrá el organismo de recuperarlo.
Una cuarta razón por la que pueden cortar la ayuda es por el inicio de un procedimiento sancionador. Cualquier propuesta de sanción que implique la paralización de la prestación se notificará a través del correo electrónico.
Una causa de incompatibilidad se presenta como la quinta razón a tener en cuenta. Sucede esto cuando a la persona que cobra el paro le surge un empleo por cuenta propia o ajena. También cuando desde la Seguridad Social se le reconoce algún tipo de pensión o subsidio económico.
El sexto motivo se origina cuando hay una clave de impago en la prestación al no haber cobrado el mes anterior. De suceder esto, tan solo habrá que ir a la oficina de prestaciones más cercana a nuestro domicilio. Eso sí, previamente habrá que conseguir cita previa para que nos atiendan.