Mucho se ha hablado en los últimos tiempos de los permisos por el nacimiento de un hijo en el caso de las madres e igualmente en el caso de los padres. Actualmente, la legislación, específicamente en el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores, otorga 16 semanas de permiso para cada uno de los progenitores.
El caso es que lo sucedido tras el fallo en la Sala de lo Social del TSJ de Cataluña ha sido muy comentado en las últimas horas. Una familia monoparental, con un progenitor y uno o varios hijos, puede tener el doble de permisos al acumularlos del nacimiento y cuidado del menor correspondiente por ley.
Estamos hablando de un supuesto que, aun no estando incluido en la ley, tras este fallo en el TSJ de Cataluña traerá cola.
Una madre soltera tendrá 32 semanas de permiso de maternidad
Así, se le dio la razón a una madre que pidió al Instituto Nacional de la Seguridad Social alargar su baja maternal de 16 a 32 semanas.
Se confirmó la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Mataró del pasado 20 de diciembre de 2021. Un fallo que se puede recurrir a través de la unificación de la doctrina ante el Tribunal Supremo.
Lo sucedido con el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña pone de manifiesto que una madre soltera puede disfrutar de ambos periodos sumados. Antes de fijar dicha normativa, "se debe tomar en consideración las peculiaridades y necesidades específicas de las familias monoparentales".
En caso de aplicarlo, según el fallo, supone "introducir una diferencia de trato respecto de un colectivo que tiene mayores dificultades para conciliar vida laboral y familiar".
Una sentencia polémica que busca no desfavorecer al hijo
Llevan la contraria a la norma porque "no contempla más que un modelo familiar, el clásico biparental. Y sin tomar en consideración la diversidad de estructuras familiares que han surgido en los últimos años".
Hay que reseñar que, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), sobre un 81% de las familias monoparentales tienen como denominador común a una mujer.
Por tanto, se pone de manifiesto que se impone el trato desfavorable al menor, según en qué modelo de familia viva este. Bien es cierto que los fallos previos sobre este tipo de sentencias varían notablemente, pero el TSJ de Cataluña se ha acabado uniendo al de Madrid.
Hay precedentes que no van de la mano del TSJ catalán
Eso sí, en el caso de Cantabria, el fallo no fue igual. Este sentenció que son 26 semanas las que tiene derecho el progenitor de un hijo de familia monoparental.
El motivo no es otro que hay que quitar seis semanas. Unas que corresponden por ley al padre conjuntamente con la madre tras el nacimiento en una familia biparental. Hablamos de las semanas para una familia biparental si existe una alternancia entre los progenitores en lugar del disfrute de ambos al mismo tiempo.
Sobre ello, el TSJ de Cataluña asegura que “tiene sentido exclusivamente en el caso de familias biparentales”. Eso sí, si no hay otro progenitor, no hay manera de gozar del permiso conjunto, “ni tampoco de compartir responsabilidades”.
Con todo, "la interpretación acorde con los derechos y principios en juego es considerar que la progenitora única que se ocupa del cuidado de la menor tiene derecho a un disfrute del permiso equivalente al que hubiese correspondido de existir el otro progenitor".
"Esto es, 32 semanas, por cuanto las necesidades del menor son idénticas y no disminuyen en atención a la existencia de uno o más progenitores", finaliza el fallo.