Los autónomos se preparan para importantes cambios a partir de 2023, que afectarán sobre todo al pago de las cotizaciones. Hasta la fecha, todos los profesionales por cuenta propia debían asumir la misma cuota al margen de sus ingresos. Sin embargo, a partir de enero esto ya no será igual.
Con la entrada del nuevo año deberán hacer una previsión de los rendimientos netos. A partir de unos tramos concretos deben ajustar ingresos y cotización. En 2023, los autónomos que ingresen hasta 670 euros deberán abonar 230 euros. Entre 670 y 900 euros, las cotizaciones subirán hasta los 260 euros, mientras que entre 900 y 1166,70 ascenderán a 275 euros.
A partir de 1166,70 hasta 1300 euros pagarán 291 euros, frente a los 294 de los que ganan entre 1300 y 1500 euros. La cifra irá aumentando progresivamente hasta llegar a los 500 euros. Es la cantidad que deban asumir los que ingresen más de 6000 euros mensuales.
La intención por parte del Estado es que se vayan reduciendo estas cuotas para los que menos ganen en 2024 y 2025. Por su parte, se incrementará para los que más recauden.
¿Cuántos tramos habrá para los autónomos?
Los autónomos cotizarán en función de sus rendimientos netos en cómputo global. Las asociaciones de profesionales por cuenta propia y el Ministerio acordaron poner en marcha tres tablas de 15 tramos para los próximos dos años. En 2025 quedará la definitiva.
De momento, las cuotas para 2023 irán desde los 230 euros que abonarán los que menos ganen, hasta los 500. Pero en 2025 se producirán importantes modificaciones, ya que la aportación básica se reducirá a 200 euros, mientras que la máxima escalará hasta los 590.
Este nuevo sistema de cotizaciones entra en vigor el próximo 1 de enero. Su puesta en marcha se hará de forma gradual a lo largo de los próximos tres años.
¿Cómo saber en qué tramo me encuentro?
Para saber el tramo de cotización de cada autónomo habrá que calcular los rendimientos netos de este trabajador. Para ello será preciso restarle a los ingresos los gastos deducibles. A continuación, al resultado de dicha operación habrá que añadirle las cuotas del RETA del último ejercicio.
El siguiente paso nos llevará a deducir el 7% al resultado de esa operación. Por último será necesario dividir entre doce. La cifra que se obtenga será la que consultaremos en la tabla para comprobar la cotización mensual que nos corresponde.
Una vez que se lleve a cabo dicha previsión de los rendimientos netos para el ejercicio natural habrá que comunicarlo a la Seguridad Social. En el portal Import@ss disponen de un espacio para ello.
¿Qué sucede si me equivoco con la base de cotización elegida?
Es posible que en ocasiones puedas hacer unas previsiones de tus ingresos que no se ajusten a lo que finalmente acabe sucediendo. Pero no deberías preocuparte por eso.
Cuando acabe el año natural, Hacienda y la Seguridad Social cruzarán los datos de los rendimientos previstos y los obtenidos al final. Así se sabrá cuánto se tenía que haber cotizado en realidad. En el caso de haber aportado de más, antes del 31 de mayo del siguiente ejercicio nos devolverán la diferencia.
Lo realizarán de oficio sin tener que reclamarlo. Lo mismo sucederá si ganamos más de lo previsto inicialmente. Nos tocará abonar la diferencia antes de que concluya el mes siguiente a la comunicación.
Se podrá variar la base de cotización a lo largo del año si detectan que los rendimientos no se van a ajustar a lo previsto. Hasta seis veces durante el ejercicio. Los que dispongan de la tarifa plana de 60 euros seguirán beneficiándose de ella como hasta ahora, por lo que no deberán preocuparse de nada.