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Primer plano de las manos de una persona mayor

El IMSERSO avisa: es posible perder la pensión no contributiva por estos 4 motivos

Estate alerta porque si te despistas te quitarán la pensión

Miles de ciudadanos españoles no han podido cotizar los años suficientes para tener derecho a cobrar una pensión contributiva. Lo cierto es que para todos aquellos que no han llegado a ese mínimo de cotización, hay un tipo de pensiones destinadas a los mismos. Unas que son gestionadas por Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).

Estamos hablando de las pensiones no contributivas, que hacen que millones de personas en nuestro país puedan vivir lo más dignamente posible, a pesar de no haber trabajado demasiado tiempo.

Concretamente, podemos hablar de la pensión no contributiva de jubilación y la pensión no contributiva de invalidez. Para cada una de las citadas, el IMSERSO pide el cumplimiento de una serie de requisitos y así lo explican en la página web dicho organismo.

Los 4 supuestos en los que el IMSERSO puede quitarte la pensión no contributiva

"La pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva", exponen.

Una mujer mayor pensando con el dedo apoyado en la cabeza
Debes andar con pies de plomo si no quieres que te retiren la pensión no contributiva | Satjawat Boontanataweepols Images

Eso sí, si eres un beneficiario de este tipo de pensión no contributiva, y a pesar de que tengas escasos recursos económicos, puedes llevarte un disgusto. Y es que hay varios supuestos que pueden provocar que pierdas el derecho a cobrar dicha pensión del IMSERSO.

La Seguridad Social ha sido clara y pone sobre la mesa varias razones contundentes que pueden hacer que te quiten el derecho a cobrar la pensión no contributiva. Ya sea de jubilación o invalidez. 

1. Superar los ingresos máximos

El primero de ellos es sobrepasar los ingresos máximos para obtener el derecho a este tipo de pensión. Hay que señalar que el límite de estos ingresos varía según la unidad familiar y el número de personas que la forman.

Por ejemplo, el límite de ingresos a obtener para aquellas personas que viven solas es de 6.784,54 euros, exceptuando la cuantía de la prestación.

2. No declarar los ingresos extra

Otra razón por la que te pueden quitar esta pensión no contributiva es no declarar aquellos ingresos extras a tal pensión.

Mano de una persona contando billetes de 50 euros con el fondo de la imagen difuminado
Si no declaras los ingresos extra te vas a quedar sin pensión | Getty Images

Por tanto, desde el IMSERSO te obligan imperiosamente a declarar todo ingreso que se cobre por parte de cualquier miembro de la unidad familiar. Eso sí, que no se te pase hacer dicha declaración porque deberás declararlo durante los tres primeros meses del año.

3. No comunicar al IMSERSO los cambios personales

Otro supuesto en el que puedes perder tu pensión es el de no comunicar al IMSERSO las variaciones de tu situación personal. Hablamos de la persona beneficiaria de la pensión.

Nos estamos refiriendo, por ejemplo, al estado civil o el lugar de residencia. No debemos confundir esto con el hecho de casarse que no provoca que nos quiten la pensión, pero sí debemos de comunicar este cambio al IMSERSO.

4. Si cambias de trabajo, tendrás que avisar si aumenta tus ganancias

Por si fuera poco, si cambias de trabajo estás obligado a avisar a tal organismo en un caso concreto. Nos referimos a si ese cambio de desempeño laboral provoca alguna variación en las ganancias económicas.

Por ello, hay que estar muy atento para que no se te olvide ninguna de estas situaciones en las que te puedes quedar sin tu pensión no contributiva. Un dinero muy importante para no tener problemas en el día a día a nivel económico.

Eso sí, si por alguna de estas circunstancias te quitan la pensión, podrías volver a cobrarla si la vuelves a solicitar. Debes acreditar ante el IMSERSO que cumples de nuevo todos los requisitos que te pedían para percibir dicha pensión todos los meses.