Logo EspanaDiario.tips
Logo EspanaDiario.tips
Logo Messenger Espanadiario.tips
Logo whatsapp
Montaje con monedas de euro y persona en silla de ruedas

El grado de discapacidad que debes tener para pedir la jubilación anticipada en 2023

Podrías jubilarte previamente si padeces este grado de discapacidad

Aquellos trabajadores que hayan tenido la mala fortuna de sufrir una discapacidad reconocida de, como mínimo, el 45 % podrán solicitar la jubilación anticipada. Una grata noticia para todos ellos, que desean tomarse un descanso merecido tras un notable sufrimiento en muchos casos.

Eso sí, todos aquellos que quieran adherirse a esta opción deben de tener en cuenta que para acceder a esta jubilación anticipada hay que cumplir ciertas premisas. Hablamos de una posibilidad que es efectiva desde el pasado 1 de junio de 2023. Y para acogerse a la misma tienen que haber cotizado por al menos cinco años o más.

Conoce el grado de discapacidad que debes tener para pedir la jubilación anticipada

Recordemos que el pasado mes de mayo, concretamente, el día 16, el ejecutivo dio el 'ok' a un real decreto más que comentado. Uno que rezaba que las personas con este tipo de discapacidad pueden acceder a la jubilación antes de lo normal, si así lo desean.

Así las cosas, se modificaba de forma notable las premisas existentes hasta ahora, ya que se redujeron los años de cotización requeridos que pasaron de 15 a tan solo cinco.

Montaje de dinero y una redonda con una silla de ruedas
Si tienes una capacidad del 45 % tienes la opción de jubilarte antes | Pexels

Con todo, esta situación novedosa para muchos de los trabajadores con discapacidad se enfoca especialmente en un tipo de afectados. Hablamos de aquellos que tienen más de una enfermedad que se denomine como discapacidad propiamente dicha.

Descubre cuándo puedes jubilarte si posees una discapacidad del 45 %

Lo cierto es que, desde este año, pueden elegir jubilarse anticipadamente si todas las dolencias que sufren sobrepasan el 45 % de discapacidad. Con todo, el número de solicitantes y beneficiarios de esta jubilación va a aumentar el doble, algo que ya es un hecho.

Así las cosas, los trabajadores que se encuentren en cualquier régimen de la Seguridad Social pueden tener acceso a estas nuevas implantaciones. Si bien para acometerlas tendrán que estar dados de alta o en una situación parecida a la citada.

Montaje de un señor con los brazos cruzados y la imagen con el logo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Estate atento con las noticias que llegan desde la Seguridad Social | Europa Press, Billion Photos

Además, tendrán que haber trabajado aquel periodo que equivalga al tiempo mínimo de cotización que se obliga, y que posean una discapacidad que sea igual o superior al 45 %.

Una discapacidad que, como no podía ser de otra manera, hay que acreditar en tiempo y forma. Se debe mostrar la fecha de inicio de la enfermedad que generó esa incapacidad.

Y esta se obtiene gracias un certificado que te entrega el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). O bien puede hacerlo el organismo autonómico correspondiente.

Si la discapacidad es del 65 %, puedes jubilarte a los 52 años

A la hora de estudiar esta discapacidad para poder lograr la jubilación anticipada, esta debe acometerse gracias a unos certificados. Son aquellos que añaden los porcentajes de los variados problemas que sufra la persona en cuestión.

A su vez, también hay que tener en cuenta unos baremos complementarios. Y que una de las discapacidades represente el 33 % del total del grado de discapacidad que se ha demostrado.

Por ejemplo, estamos hablando de dolencias como anomalías genéticas, discapacidad intelectual, secuelas de polio o síndrome postpolio, enfermedades mentales, trastornos del espectro autista, enfermedades neurológicas o parálisis cerebral.

También debemos de saber que para este tipo de personas con un 45 % de discapacidad la edad mínima a la que poder jubilarse es 56 años. Eso sí, si la discapacidad aumenta hasta un 65 %, podrán jubilarse de forma más temprana, y eso es a los 52 años.

Y por el contrario, aquellos que sufren una discapacidad del 33 %, tendrán que esperar a la edad ordinaria de jubilación para dejar de trabajar. Estas son las condiciones para las personas afectadas por una discapacidad y que están trabajando en nuestro país.