La Seguridad Social condiciona las jubilaciones a un par de factores, como son la edad del trabajador y los años cotizados. Pero hay un grupo de ciudadanos que tendrán que retirarse obligatoriamente de la vida laboral a partir de los 66 años.
Únicamente tendrán acceso al retiro anticipado aquellos que cumplan una serie de requisitos. En este sentido, el organismo público es bastante estricto, y más en estos momentos cuando ha endurecido el acceso a la jubilación por adelantado. Sobre todo por las pérdidas que acarrean las ausencias prematuras al sistema, con una menor cantidad de ingresos.
Todo lo que debes saber sobre la jubilación anticipada
Los que no reúnan las condiciones precisas para formalizar esta jubilación anticipada deberán de ajustarse a la edad ordinaria de jubilación. En este sentido hay que diferenciar entre dos situaciones distintas según el periodo de aportación a la Seguridad Social.
Desde 2013 existe un calendario que va aumentando la edad de retiro de forma progresiva, como contempla la Ley 27/2011, de 1 de agosto. A partir de esa fecha quedan fijadas dos edades distintas para jubilarse con el 100% de la pensión.
Por un lado se encuentran los 65 años, que es la que ya existía antes de la reforma. Y por otro la que se va incrementando anualmente dos meses si no se justifica un cierto nivel de cotización que también va en aumento.
En 2023, la edad ordinaria de jubilación queda establecida en los 66 años y cuatro meses para los que no alcancen los 37 años y 9 meses cotizados. Sin embargo, los que superen este periodo de aportaciones podrán hacerlo a los 65.
Esto provocará que los ciudadanos que tengan que retirarse de manera obligatoria a los 66 años y cuatro meses sean los que no reúnan esos periodos de cotización.
¿Qué trabajadores pueden jubilarse con antelación?
Las personas que no pueden disfrutar de una jubilación anticipada es porque posiblemente no cumplan con las condiciones de cotización. La jubilación anticipada voluntaria requiere de una aportación a la Seguridad Social de 35 años. De ellos, dos deben estar contabilizados en los últimos 15, recoge El Economista.
Otra cosa bien distinta es cuando la jubilación anticipada es involuntaria, ya sea por un despido o cierre de una empresa. De ocurrir esa circunstancia, exigirán una cotización de al menos 33 años, de los cuales dos estarán recogidos en los últimos 15.
Por tanto, los que no alcancen esos 33 años de cotización deberán de ampliar su carrera laboral y jubilarse por la vía ordinaria a los 66 años y cuatro meses. De haber reunido los años precisos no habría impedimento para solicitar la pensión entre los 61 y 64 años.
Cuáles son las exigencias para jubilarse a los 66 años de manera ordinaria
Desde la Seguridad Social emplazan a los trabajadores a retrasar su retirada hasta que cumplan los 66 años. Sin embargo, en algunos casos pueden adelantar plazos si cuentan con la suficiente cotización.
No obstante, aquellos que decidan apostar por la jubilación ordinaria deben saber que se necesitan cumplir unos requisitos. Entre otras cosas se reclama contar con al menos 15 años cotizados, dos de ellos en los 15 previos a la solicitud de la pensión. También se le pide que proceda de una situación de alta o asimilada en la Seguridad Social.
¿Qué ocurre si no llego a los 15 años cotizados?
Es posible que muchas personas no alcancen esos 15 años de cotización que demandan para jubilarse. Resulta bastante frecuente, sobre todo en aquellos que abandonaron sus empleos para el cuidado de hijos o mayores.
De ser así, no tendrán la posibilidad de acceder a la pensión contributiva. Sin embargo, sí que se les facilitará una paga no contributiva.