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Multa de tráfico

El error común por el que la policía multa cada año a miles de conductores en España

Hablamos de un error de tráfico muy común, pero que se podría evitar fácilmente

Todos hemos aparcado mal en algún que otro momento. Y, de repente, al volver a por nuestro coche, nos hemos tropezado con la peor situación: una multa. En este sentido, suele ser muy habitual preguntarnos si es posible que nos multen si, por ejemplo, aparcamos ante un garaje que, en realidad, no dispone de vado.

Generalmente, existe la creencia popular de que una línea amarilla, o un vado, son los únicos impedimentos para aparcar sin temor en una determinada área. Pero también ocurre cuando, por ejemplo, nos encontramos con un área para discapacitados. O reservada para carga y descarga.

No es lo mismo estacionar que parar

En primer lugar, es imprescindible tener presente que no es lo mismo parar que estacionar.  Por ejemplo, el término “vehículo parado” o estacionario significa la presencia de un vehículo inmovilizado por el tiempo requerido para el embarque o desembarque de personas o cosas.

Sin embargo, el término “vehículo estacionado” significa un vehículo inmovilizado más allá del tiempo requerido para el embarque o desembarque de personas o cosas. Dicho de otra forma, el estacionamiento de un vehículo es el acto de estacionar el vehículo en una zona que lo autorice y por un tiempo más o menos largo.

Persona abriendo la puerta de un coche
Muchos conductores no contemplan la diferencia entre aparcar y estacionar | Getty Images

Cuando estacionamos nuestro coche en una vía de dos sentidos, debemos estacionarlo en el lado derecho. En una vía de un solo sentido, es posible estacionar a la izquierda o a la derecha del carril, a menos que se indique lo contrario.

La señalización horizontal (marcas en el suelo) y vertical (señales de tráfico) permite al conductor conocer rápidamente las normas de estacionamiento vigentes. Además, la duración puede ser limitada en el tiempo para el vehículo estacionado.

¿En qué áreas no se puede aparcar?

Sabemos que la presencia de un vado imposibilita inmediatamente la posibilidad de aparcar tu coche en esa área determinada. Y esto ocurre habitualmente cuando nos encontramos, por ejemplo, delante de una vivienda o de un determinado centro o local.

Por tanto, lo más común es aparcar en aquellas áreas en las que sea posible. Donde, además, no exista ninguna señal que lo impida (como una línea amarilla o un vado). Sin embargo, ¿qué podemos hacer cuando nos situamos con el coche delante de un hogar o local con garaje, pero no dispone de un vado instalado?

Lo cierto es que muchas personas han aparcado delante de un garaje sin vado. Y, de repente, a las pocas semanas, se ven con la desagradable sorpresa de encontrarse con una multa de tráfico.

¿Por qué? ¿Qué ha ocurrido? Muy sencillo. De hecho, existen varios factores que han podido influir en ello. Por un lado, cabe la posibilidad de que la placa anunciadora del vado haya podido ser sustraída o robada. De ahí que la sanción prosiga su curso.

También es posible que el dueño del vado haya alertado de la falta de señal, solicitando una nueva. Dado que el vado tiene una duración determinada, sigue vigente aunque no se encuentre visible.

¿Se puede aparcar delante de un garaje sin vado?

Pero, ¿y en aquellos casos en los que, realmente, no hay ningún vado solicitado ni presente? Teniendo en cuenta esto, es normal que dudemos sobre si realmente nuestro vehículo puede ser aparcado. En este caso, aunque solemos pensar que sí, debemos fijarnos en el Artículo 91.2c del Reglamento General de la Circulación.

¿Qué dice? Está prohibido estacionar tu coche “cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales”. Por tanto, nunca se podrá aparcar delante de la puerta de un garaje, con independencia de que tenga o no un vado visible.