No siempre lo tenemos claro. Cuando llegan los días de vacaciones, rebajas o atascos, es muy común encontrar coches en doble fila o que paran y aparcan donde no se puede. Sin embargo, esto sucede porque no siempre se sabe cómo proceder.
Detener el coche en cualquier lugar para bajar y subir pasajeros es una de las cosas más comunes que podemos encontrar en la carretera. Esto suele suceder cuando no hay suficientes plazas de aparcamiento para poder hacerlo.
No obstante, cabe recordar que llevar a cabo alguna de estas acciones puede conllevar sanciones. Así lo recuerdan desde la policía, que han querido recordar las diferencias entre detención, parada y estacionamiento, así como qué implica cada una de ellas.
Estos tres conceptos no son lo mismo
Lo primero que debes tener en cuenta es que, a pesar de que, de forma general, se utilizan como sinónimos, los conceptos de detención, parada y estacionamiento no significan lo mismo.
Así lo recuerda, de hecho, la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial. En este sentido, es bueno conocer qué significado tiene cada una de estas palabras de cara a evitar multas y otros problemas poco agradables.

¿Qué se entiende por estos conceptos?
La detención es el primer concepto que hay que conocer. Esta se materializa cuando el vehículo se inmoviliza por una situación de emergencia, así como por necesidades de la propia circulación o para cumplir alguna norma. Un ejemplo de ello puede ser detenerse en un semáforo, en un atasco o si un agente de la policía así lo indica.
La parada, sin embargo, no es lo mismo. En este caso, hablamos de una inmovilización del vehículo por un tiempo menor a los dos minutos. El conductor, sin embargo, no puede abandonar el vehículo en ningún momento. Es decir, aunque se deje el coche aparcado menos de dos minutos, si no estamos en su interior, no se considerará como una parada.
Por último, el estacionamiento es la inmovilización del vehículo que no está ni en situación de detención ni de parada. Es decir, que no cumple con ninguna de las normas anteriores.
Lugares donde está prohibido parar
Es necesario, además, tener en cuenta dónde está prohibido parar, con el objetivo de ahorrarnos sanciones desagradables.
1. Curvas y túneles
En este sentido, no se puede hacer en curvas ni cambios de rasante con visibilidad reducida. Tampoco en sus proximidades o túneles y pasos inferiores o tramos de vías que tengan la señal de “Túnel”.
2. Pasos de peatones y ciclistas
Por otro lado, no se podrá hacer en los pasos a nivel, los pasos de peatones ni los destinados a ciclistas. En este sentido, tampoco se podrá parar en carriles o vías reservados para la circulación o servicio de unos usuarios determinados.

3. Intersecciones
Tampoco se podrá parar en las intersecciones o en sus proximidades si se dificulta el poder girar a otros vehículos. En vías interurbanas también está prohibido siempre que se genere peligro o falta de visibilidad.
4. Falta de visibilidad
No se podrá para en los raíles de tranvía o cerca de ellos si se entorpece su circulación ni en sitios donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios.
5. Autopistas y autovías
En las autopistas y en las autovías está prohibido parar el vehículo. Habrá que usar las zonas que están habilitadas para hacerlo.
6. Transporte público y zonas reservadas
Tampoco es posible parar en carriles destinados al uso de transporte público o de ciclistas ni en las zonas preparadas para que estacione o pare el transporte público urbano. Asimismo, no se podrá hacer en las zonas exclusivas de uso para discapacitados.
Dónde no se puede estacionar
Al igual que hay zonas donde está prohibido parar, también hay lugares donde no se puede estacionar. De hecho, el primer precepto es que está prohibido hacerlo en todos los casos donde la parada esté prohibida.

1. Estacionamientos con limitación horaria
No se podrá estacionar en los sitios habilitados por la autoridad municipal como estacionamientos con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza o si se excede el tiempo máximo que se permite.
2. Zonas reservadas
Tampoco se puede estacionar en las zonas de carga y descarga ni en las de uso exclusivo de minusválidos. Lo mismo sucede en las zonas destinadas al paso de peatones, como paseos o aceras. Por último, tampoco se puede hacer en los vados que están señalizados de forma correcta ni, por supuesto, en doble fila.