Si eres conductor, presta atención: podrías recibir una multa por sorpresa. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha avisado de las sanciones que te pueden llegar a casa sin previo aviso.
Seguro que ahora te estás preguntando, ¿es legal interponer sanciones de tráfico sin que haya ningún agente presente? La respuesta es sí. Y es que, aunque en primera instancia está terminantemente prohibido, existen una serie de excepciones en las que es posible que esto ocurra.
Las excepciones en las multas de tráfico
Hay muchas maneras de recibir multas de tráfico. Aunque, por norma general, es obligatorio poner al infractor al corriente de la sanción al momento, existen situaciones en las que es posible notificarlo posteriormente. Exacto, puedes recibir una denuncia de tráfico sin esperarla.
Imagina que llegas a tu casa, abres el buzón y te encuentras una carta inesperada de la DGT. ¡Sorpresa! Podría tratarse de una de las multas que Tráfico envía sin previo aviso.
Aunque es totalmente antirreglamentario otorgar sanciones sin la presencia de ningún policía, el Código de Circulación recoge algunas excepciones en las que es legal saltarse esta normativa.
¿Cuándo pueden multarte sin aviso?
Ahora, con la actualización de la normativa impuesta por la DGT, se han indicado las excepciones por las que los agentes tienen derecho a imponer multas sin notificárselo al conductor en el acto.
Tal como recoge el Artículo 10 de la Ley 30/1992: "las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad sin parar a los denunciados no serán válidas a menos que consten en las mismas y se les notifique las causas concretas y específicas por las que no fue posible detener el vehículo".
De la misma manera, las aglomeraciones en las carreteras o las circunstancias meteorológicas extremas, son considerados dos motivos de peso para aplicar este reglamento. Así como también lo son las multas expedidas por los radares de tráfico.
1. El vehículo no pudo ser detenido
Las sanciones impuestas por la policía sin detener a los infractores serán ilegales siempre y cuando lo hagan constatar en las multas. Independientemente de la situación, los agentes deberán anotar los motivos determinados por los que el vehículo no fue aturado en el momento.
2. Afluencia de tráfico o alteración en la vía
La Ley ampara que, en situaciones de extrema precaución, está justificado y es lícito avisar de la sanción con posterioridad. Esto se puede llevar a cabo en caso de gran afluencia de vehículos en la carretera.
También por otros motivos en los que aturar el coche pueda poner en peligro la seguridad del conductor como, por ejemplo, en una vía en estado de obras o por un accidente.
3. Factores meteorológicos adversos
De la misma manera, los agentes tendrán permiso para interponer demandas sin previo aviso en caso de encontrarse ante una situación meteorológica inestable. Esto podría producirse en caso de fuertes temporales de lluvia, nieve, viento o niebla, en los que detener el vehículo puede suponer un riesgo.
4. Radares de tráfico
Los radares de tráfico también se encuentran dentro de esta excepción. En los casos en los que los agentes hayan sido notificados de una infracción mediante los sistemas de captación de imágenes de la DGT, podrá presentarse la multa sin previo aviso.
5. Estacionamiento del vehículo
Por último, los agentes de policía tendrán motivos para otorgar una denuncia sin la presencia del propietario cuando su vehículo esté estacionado e incumpla las normativas. Se tratan de una de las sanciones más comunes y conocidas. Estas multas en formato papel se suelen enganchar en los parabrisas del coche para que el conductor se lo encuentre al llegar.