La jubilación en España representa un ansiado momento para muchos trabajadores, así como un período de merecido descanso después de una vida dedicada al trabajo. Con la llegada de la jubilación se abre un nuevo capítulo en la vida, lleno de oportunidades para disfrutar del tiempo libre, la familia y las actividades que antes se postergaban.
Para muchos, la jubilación es un tiempo para relajarse y liberarse del estrés diario, permitiendo a las personas disfrutar de actividades que antes tenían poco tiempo para realizar.
Además, la jubilación en España ofrece beneficios sociales y económicos, como una pensión que proporciona seguridad financiera y acceso a servicios médicos. Esta brinda una tranquilidad adicional a aquellos que han trabajado arduamente durante toda su vida laboral.
También hay que destacar que, una vez alcanzada esta edad, hay una serie de impuestos que no es necesario pagar. Esto supone una gran noticia para el jubilado o jubilada, que puede disfrutar de su vida sin ataduras económicas.
Las razones por las que pueden estar exentos de pagar ciertos impuestos son variadas. Por ejemplo, como una especie de recompensa por su contribución pasada o para compensar los ingresos limitados durante la jubilación. Estos son 4 de los principales impuestos que no deben pagar.
El IPRF o el IVA, primeros grandes impuestos de los que “se libran”
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) grava los ingresos y las ganancias obtenidas por las personas físicas en un período fiscal determinado. Es decir, es un impuesto que se aplica sobre los ingresos que una persona recibe a lo largo del año. Pueden ser de salarios, pensiones, rentas de alquiler, intereses bancarios u otros rendimientos.
Sin embargo, los jubilados a los que se les otorga una pensión del Estado pueden estar exentos. La única condición para ello es no superar un límite de cuantía. Esta cantidad estaba, en el ejercicio fiscal de 2022, en los 12.900 euros anuales.
Por otra parte, el IVA es un impuesto que grava el valor agregado en cada etapa del proceso de producción y distribución de bienes y servicios. El IVA se aplica en muchos países alrededor del mundo y es una fuente significativa de ingresos para los gobiernos. Funciona mediante el cobro de un porcentaje del precio de venta de un bien o servicio en cada transacción.
Pero hay ciertos productos que, para los jubilados, no incluye el precio del IVA, como los medicamentos. También hay otros servicios relacionados sobre cultura, vivienda, educación o sanidad que están exentos de pagar IVA para este colectivo.
Patrimonio y Sucesiones y Donaciones, un alivio para los jubilados
El Impuesto sobre el Patrimonio se aplica a las personas que poseen un patrimonio neto superior a un determinado umbral. Este impuesto grava la riqueza acumulada por los contribuyentes, incluyendo propiedades, inversiones, cuentas bancarias, vehículos, joyas y otros activos.
Los mayores de 65 años no tienen que pagar este impuesto si venden su vivienda habitual si el importe va hacia una dirección. Nos referimos a la adquisición de una renta vitalicia a favor del vendedor, en un plazo de seis meses y que no pase de 240.000 euros.
Además, tampoco tienen que hacer frente al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Se trata de un impuesto directo aplicado cuando una persona recibe una herencia o donación tras el fallecimiento de un familiar o cuando se realiza una donación de bienes o dinero en vida.
Si estos jubilados reciben una herencia de familiares directos pueden no estar obligados a hacerse cargo de este impuesto. Sin embargo, la exención de este impuesto depende de la comunidad autónoma. Ocurre algo similar con el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), suprimible en algunas comunidades.