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Una oficina de la Agencia Tributaria con una trabajadora en segundo plano

Cuándo empieza la Declaración de la Renta 2022: plazos y quién está obligado

Todas las novedades sobre las fechas y el límite de ingresos para declarar los impuestos a la Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria ha publicado el calendario de la Declaración de la Renta 2022/2023. Se trata de la declaración de impuestos que la mayoría de los contribuyentes tendrán que presentar de manera obligatoria en los plazos indicados. No hacerlo conlleva duras sanciones por parte de la administración.

Hay que recordar que la Declaración de la Renta es un trámite que se puede hacer por Internet, por teléfono y de forma presencial. Las fechas son diferentes para cada una de estas modalidades. Este año, la declaración viene con cambios importantes que es bueno tener presentes.

No solo cambian los plazos para presentar la declaración, sino que también el límite de ingresos a partir de los cuales estás obligado a hacerla. De hecho, este cambio supone que este año se librarán millones de españoles. Esto es todo lo que tienes que saber a pocas semanas del inicio.

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Plazos para la Declaración de la Renta 2022

La Agencia Tributaria abre el martes 11 de abril el plazo para presentar la Declaración de la Renta a través de Internet. Para hacerlo por teléfono hay que pedir cita previa por Internet o vía telefónica, y el plazo se abre el 5 de mayo. Se puede presentar el borrador de forma presencial a partir del 1 de junio.

Manos tecleando
Puedes declarar los impuestos a través de internet | Getty Images

En todos los casos (Internet, teléfono, presencial) el plazo máximo para hacer el trámite es el 30 de junio. También hay que tener en cuenta que el 25 de junio es la última fecha en la que se podrá pedir cita previa. Los contribuyentes obligados a hacerla disponen de los siguientes canales.

- 11 de abril - 30 de junio: Vía telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria

- 5 de mayo - 30 de junio: Por teléfono, pidiendo cita previa al 91 535 73 26 / 901 12 12 24 / 91 553 00 71 / 901 22 33 44. También puede pedir cita previa en la web de la Agencia Tributaria, con Cl@ve PIN

- 1 de junio - 30 de junio: De forma presencial, pidiendo cita previa

Quién está obligado a hacerla

La Declaración de la Renta para el ejercicio 2022/2023 puede presentarse a partir del 11 de abril y hasta el 30 de junio. Este año, la novedad es que sube el listón de ingresos a partir de los cuales debes presentarla. Millones de españoles que hasta ahora debían presentarla, ahora quedan exentos.

Están obligados los contribuyentes que han obtenido rendimientos del trabajo de un único pagador con rentas superiores a los 22.000 euros. La novedad está en los que han percibido ingresos de más de un pagador. Hasta ahora el mínimo eran 14.000 euros, y ahora se aumenta a 15.000.

Este límite se aplica siempre que la suma de ingresos entre el segundo y el resto de los pagadores no superen los 1.500 euros anuales. Además, también cambia la reducción por obtención de rendimientos del trabajo. Antes se aplicaba a rentas de hasta 18.000 euros, y ahora se amplía a una horquilla entre 15.000 y 21.000.

¿Qué pasa si no presento la Declaración o lo hago tarde? 

No presentar la declaración en tiempo y forma es una infracción grave que acarrea graves sanciones económicas. De todas formas, no es lo mismo no presentarla que presentarla tarde. La Agencia Tributaria impone sanciones en función del resultado de la declaración y de lo que tardas en presentarla.

Un hombre haciendo la declaración de la Renta en una sede de Hacienda con el logo azul
Puedes presentar la declaración de manera presencial | Europa Press

En el ejercicio anterior, las multas fueron del 1% más un punto adicional por cada mes de retraso. Si tardas más de un año en presentar la declaración, la administración te obliga a pagar un recargo del 15% más intereses. No pagar conlleva una deuda con Hacienda que, a la larga, puede conllevar el embargo.

Otra novedad es el cambio del límite para deducir las aportaciones a los sistemas de previsión social (planes de pensiones y seguros de vida). Los contribuyentes solo podrán deducir de la base imponible 1.500 euros. Este año también podrán deducir las madres sin empleo que reciban alguna prestación.