Para muchos trabajadores que están desempleados cobrar el paro es una ayuda importante para poder llegar a final de mes, aunque sea a duras penas. Es la prestación que les hace tirar para adelante hasta que puedan introducirse de nuevo en el mercado laboral.
Todos sabemos que el principal requisito para que te puedan abonar la prestación por desempleo es hallarse en una situación legal de desempleo. Eso sí, tenemos que dejar claro que, aunque parezca mentira, esa prestación la pueden cobrar las personas que hayan dejado voluntariamente su trabajo y no hayan sido cesadas o despedidas.
Estamos hablando de una ayuda contributiva que podría cobrarse si sucede este supuesto, aunque cumpliendo una serie de premisas que vamos a explicar a continuación. ¡Presta atención!
Atento al requisito que fija el SEPE para cobrar el paro si dejas el trabajo
No es tan extraño que un trabajador pueda recibir esa prestación cuando se va de un trabajo concreto. Sobre todo, si lo hace por un incumplimiento contractual del empresario que le ha contratado.
El SEPE es meridianamente claro en su página web y expone cuáles son estos tres casos en los que podrías acogerte a este supuesto si te vas voluntariamente de la empresa.
En primer lugar, se daría cuando hay un cambio sustancial de las condiciones de trabajo. Hablamos del régimen de trabajo a turnos, la jornada, el horario, el sistema de remuneración o la cuantía salarial.
En un segundo caso, será el momento en que tiene lugar una “falta de pago o retraso continuado del pago del salario. O bien un incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario”, reza la web. Estamos hablando cuando la empresa en cuestión no paga el salario o lo hace con ciertos retrasos de manera constante.
Conoce cómo podrías cobrar el paro si te vas voluntariamente de la empresa
En un último, y tercer caso, llega en el momento en que nos piden un traslado del centro de trabajo que obligue al cambio de residencia. Si el empresario que nos ha contratado nos requiere que nos cambiemos de lugar de residencia, igualmente podríamos dejarlo todo y cobrar el paro.
Eso sí, más allá de estas tres opciones sabemos que hay varios requisitos a la hora de poder cobrar el paro. Primeramente, hay que estar en situación legal de desempleo y estar disponible en búsqueda activa de empleo.
Hay que estar presto a aceptar un trabajo que se adecúe a nuestro perfil, o lo que es llamado un acuerdo de actividad. Además, hay que estar afiliado y en situación de alta en el régimen que registre la situación por desempleo.
Para solicitar esta prestación, hay que haber cotizado al menos 360 días en los seis años previos desde que se dejó de trabajar. Y no es posible haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
No te olvides de los requisitos para poder cobrar el paro
Hay que reseñar que en el intervalo de tiempo que se pide y se está recibiendo tal ayuda, no se puede trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo. Tampoco podrías cobrar una pensión de la Seguridad Social que no sea compatible con el puesto de trabajo en cuestión.
A su vez, debe saber que sobre la cuantía durante los primeros 180 días se cobra el 70 % de la base reguladora. Una vez que llegas a 181 o más días, y hasta que finalice el paro, este porcentaje se reduce al 60 %.
Para conocer de primera mano cuál es la base reguladora en cuestión, solo tienes que revisar las cotizaciones por desempleo. Aquellas que haya habido en los 180 días previos a la situación de desempleo, y tienes que dividirlas entre 180.