Uno de los objetivos principales de todos los trabajadores es alcanzar la edad de jubilación para poder retirarse y vivir la vida. Este es el momento en el que se termina la trayectoria profesional, lo que permite disfrutar de un descanso indefinido.
En este sentido, es necesario tener en cuenta que, además de la jubilación anticipada, que se puede elegir de forma voluntaria por parte de los trabajadores, existen otras modalidades para poder retirarse y dejar de trabajar.
Además de la jubilación ordinaria, a la que todos los empleados llegan tarde o temprano, existe un caso en el que la empresa puede prescindir de los servicios del trabajador de forma legal debido a la edad.
Jubilación forzosa, un caso en el que la empresa te puede despedir de forma legal
Una de las modalidades en las que la empresa puede despedir al trabajador de forma legal por su edad es la conocida como jubilación forzosa. Se trata de ese momento en el que, cuando el trabajador llega a la edad ordinaria de pensión, la compañía puede prescindir de él.
En primer lugar, hay que tener en cuenta que esta no es una decisión aleatoria por parte de la empresa. En este sentido, se trata de una decisión que se recoge a través del convenio colectivo.
Su objetivo primordial es dar el relevo generacional en la compañía. Para ello, el trabajador que ha sido despedido debe contar con todas las garantías que le aseguren el cobro de su pensión por jubilación.
Los requisitos para que la empresa pueda hacerlo
Para conocer los requisitos para que la empresa pueda llevar a cabo esta acción, es necesario fijarse en lo que dice el Estatuto de los Trabajadores. En este caso, existen dos requisitos fundamentales para que la jubilación forzosa sea legal y correcta.
El primero de ellos es que la empresa debe asegurarse de que el trabajador tenga derecho al 100% de su pensión por jubilación. De lo contrario, esta modalidad no se puede llevar a cabo.
Por otro lado, la medida debe estar amparada en el relevo generacional. Para ello, la empresa debe contratar a un nuevo trabajador. Esta es la única forma que tiene de demostrarlo.
Nuevos aspectos a tener en cuenta
Respecto a la jubilación forzosa, también es necesario fijarse en la última reforma de las pensiones que ha llevado a cabo el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La razón es que se han incluido algunas modificaciones al respecto.
Estos cambios se han llevado a cabo con el objetivo de incrementar el período que los trabajadores están en el mercado laboral.
En este sentido, la edad de jubilación forzosa ha pasado de ser la edad ordinaria de jubilación, de 63 años, a los 68 años. Sin embargo, esto tan solo se aplica a aquellos convenios que se hayan firmado a partir del año 2022.
Casos en los que la jubilación forzosa es admisible con la edad ordinaria
Este cambio, por su parte, se considera como una excepción a lo anterior. La razón es que sigue existiendo un caso en el que la jubilación forzosa seguirá siendo admisible con la edad ordinaria. Y conocerlos es imprescindible para las empresas y los trabajadores.
En este caso, se trata de que la empresa justifique la jubilación forzosa por la nueva contratación de una mujer. Este contrato, por su parte, deberá ser indefinido y a tiempo completo.
En concreto, esto afecta, sobre todo, a aquellos sectores donde la tasa de ocupación de mujeres es del 20%. De este modo, el trabajador saliente podrá jubilarse de forma forzosa con la edad anterior a la reforma.