Buenas noticias para quienes hayan sido padres recientemente. El último Consejo de Ministros del año aprobó por vía de urgencia la ayuda de 100 euros mensuales para familias con hijos de 0 a 3 años. La nueva “renta de crianza” entró en vigor el 1 de enero y complementará la prestación contributiva que ya percibían las madres dadas de alta en la Seguridad Social.
Pero además, a partir de ahora la ayuda se hace extensiva de forma permanente a un mayor número de hogares vulnerables. Podrán pedir esta ayuda las madres que estén cobrando una prestación por desempleo y las que trabajen a tiempo parcial o las que hayan cotizado 30 días después del parto.
Esta ayuda, recogida en la Ley de Familias, tiene como objetivo ayudar a las familias con hijos a afrontar los gastos. Y, ya puedes solicitar esta ayuda, así que presta atención de los requisitos y cómo hacerlo. Deberás tener en cuenta que los requisitos son indispensables para hacer la solicitud.
Los requisitos para pedir la ayuda de los 100 euros al mes
Pueden pedir la nueva ayuda de 100 euros al mes todas las madres que tengan hijos de 0 a 3 años. Esto incluye tanto a las madres trabajadoras como aquellas que no trabajan. Pero la solicitante debe estar dada de alta en la Seguridad Social durante al menos 30 días, o haber cobrado una prestación por desempleo.
Pueden solicitar la renta de crianza los progenitores del mismo sexo (los dos tienen derecho). También el padre o tutor del menor, cuando la madre ha fallecido o cuando tengan la guarda y custodia en exclusiva. Los hijos para los que se solicita la ayuda deben tener DNI para identificarlos en la Agencia Tributaria.
¿Cómo se pide la renta de crianza?
La renta de crianza para hijos de 0 a 3 años se hará efectiva de dos formas alternativas. Se podrá abonar mediante un pago único o con una deducción en la Agencia Tributaria. En este último caso, el contribuyente puede añadir la ayuda a la declaración del IRPF en la próxima campaña de la Renta.
La ayuda consta de 12 mensualidades de 100 euros que pueden abonarse mediante un pago único de 1.200 euros. También puede restarse dicha cantidad en el caso de que la Declaración de la Renta salga a pagar. Finalmente, puedes solicitar la ayuda dividida en mensualidades de 100 euros.
Para hacerlo tienes que acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y rellenar el formulario del Modelo 140. Este es el formulario destinado a las deducciones por maternidad. Para rellenar el documento tanto el solicitante como el menor deben disponer de documento de identidad.
Cuando hayas rellenado el formulario obtendrás un documento que deberás presentar en las oficinas de la Agencia Tributaria. Esta gestión puedes llevarla a cabo por teléfono o vía telemática. El teléfono gratuito es el 901 200 347, y también puedes hacerlo con DNI electrónico, certificado digital y Cl@ve Pin.
Los nuevos permisos retribuidos
Una vez realizada la solicitud ante la Agencia Tributaria, se abre un período de 6 meses para que Hacienda responda a la petición. La administración puede pedir documentación adicional para acreditar la situación familiar. En el caso de ser denegada, se abre un período de alegaciones.
Según los cálculos del Gobierno, esta nueva ayuda beneficiará hasta a 250.000 nuevas madres. Con esto dan por cumplido el objetivo de la norma, que era universalizar la renta de crianza. Además, la Ley de Familias prevé nuevos permisos retribuidos para el cuidado de familiares o convivientes.