El 15 de febrero se puso en marcha el plazo para solicitar la ayuda de los 200 euros para hogares vulnerables. Se trata de un pago único a unidades familiares con bajos ingresos para hacer frente a la subida de los precios. Decenas de miles de potenciales beneficiarios ya la han solicitado.
La Agencia Tributaria establece un plazo de tres meses desde la fecha de la solicitud para resolver el expediente. Si pasado ese tiempo el solicitante no ha recibido ningún aviso, se considera rechazada. Pero mientras tanto, ¿cómo puedes saber si la administración ha aceptado tu solicitud?
El requisito principal es no superar los 27.000 euros de ingresos anuales y los 75.000 de patrimonio. Además, hay que haber desempeñado una actividad estando de alta en la Seguridad Social, o haber cobrado el paro el año pasado. La Agencia Tributaria valorará si cumples las condiciones.
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Cómo saber si han aceptado tu solicitud
Además de lo mencionado arriba, se requiere haber tenido residencia habitual en España hasta el 31 de diciembre de 2022. Los pensionistas y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital no pueden solicitarla. En el formulario de solicitud debe constar la identificación de todos los miembros de la unidad familiar.
Los potenciales beneficiarios del cheque-alimentación de 200 euros tienen hasta el 31 de marzo para solicitar la ayuda. Durante los primeros días ha habido un aluvión de solicitudes que incluso llegó a colapsar la página. Los solicitantes se preguntan ahora cómo saber si su petición ha sido aceptada.
Puedes comprobar el estado de tu solicitud a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Hay que acceder a la página donde se rellena el formulario y pinchar sobre ‘Consultas de solicitudes presentadas’. Para hacerlo necesitas identificarte con DNI electrónico o certificado digital.
Espera máxima de tres meses
Una vez dentro podrás comprobar si el bono está en situación de Alta o Baja, o sea, si te conceden la ayuda o ha sido rechazada. Hay que tener en cuenta que la resolución del expediente se puede demorar un poco. La administración va revisando los formularios a medida que entran.
En todo caso, Hacienda también advirtió de que hay solicitudes más fáciles de resolver que otras. En aquellos casos en los que haya alguna contradicción, la resolución del expediente se puede demorar un poco más. De todos modos, el tiempo de espera no superará los tres meses en ningún caso.
Los solicitantes no tienen que aportar documentación adicional al formulario. Es la propia Agencia Tributaria la que cruza los datos de las diferentes administraciones para comprobar que el solicitante cumple los requisitos. En caso de rechazo, el usuario tiene diez días para presentar alegaciones.
Cuándo cobrarás la ayuda
La otra duda que se presenta es cuánto tiempo tardarán en cobrar los beneficiarios a los que se haya aprobado la ayuda. Hacienda no ha sido explícita en este sentido. Teniendo en cuenta el tiempo que suelen tardar en abonar el pago de una prestación, las primeras ayudas llegarían en junio.
Para simplificar al máximo el proceso, los interesados solo tienen que rellenar un simple formulario. Deben indicar sus datos personales, identificar a los convivientes de la unidad familiar con el NIF, y dar un número de cuenta. Además, tienen que especificar la dirección del domicilio con la referencia catastral.
Puedes encontrar la referencia catastral en los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que el ayuntamiento envía cada año. También en las escrituras de compra-venta o en la declaración de la Renta del año pasado. En última instancia, puedes obtenerla en la Sede Electrónica del Catastro.