La vida es, muchas veces, impredecible. También en el mundo laboral, donde el trabajador se expone a riesgos para su salud en ciertos trabajos. Por desgracia, en algunas ocasiones, el empleado sufre un accidente y queda incapacitado para desarrollar su labor.
En ese instante, cuando todo parece perdido, un rayo de esperanza puede facilitar las cosas al accidentado. Además del apoyo familiar, también puede contar con un sustento económico que suponga una ayuda para la víctima.
En otras ocasiones, hay personas que sufren una enfermedad que las incapacita para trabajar. En ambos casos, tienen derecho a cobrar una pensión por incapacidad, que variará en función de la gravedad de su condición. Hay 4 tipos.
En primer lugar, está la incapacidad permanente parcial que no impide al individuo realizar alguna actividad laboral, aunque esté limitado durante un tiempo. La siguiente es la permanente total, en la cual el trabajador no puede realizar su trabajo habitual. Sin embargo, sí podría desempeñar otro tipo de trabajo.
En un paso más nos encontramos con la incapacidad permanente absoluta, cuando la persona no puede realizar ninguna actividad laboral debido a su salud. Por otro lado, la gran invalidez es el nivel más alto de incapacidad. En este caso, el individuo requiere asistencia constante para tareas básicas y no puede trabajar.
Aunque puede parecer que la división es clara, no se termina de clasificar de forma correcta que grado de discapacidad pertenece a cada individuo. Por este motivo, la persona puede no estar conforme a su pensión.
Pedir que te suban la pensión, el sencillo truco desconocido
Para poder ser diagnosticado con una incapacidad y poder cobrar una pensión por ello, debemos acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Este es el organismo que va a decidir si puedes llegar a ser beneficiario.
Lo que no mucha gente sabe es que, si tú no estás de acuerdo con el dinero recibido, puedes pedir que te aumenten la pensión. Es así de simple. Puedes pedir un aumento en el grado de incapacidad si crees que tu diagnóstico no es acertado.
Como es lógico, cada grado cuenta con una cuantía distinta, por lo que el tipo de invalidez será determinante. Por este motivo puedes pedir una revisión de tu situación de incapacidad permanente a la propia INSS.
Esta, sin embargo, no te asegura al cien por cien que tu grado de incapacidad se modifique. De hecho, deberás acudir a una serie de citas médicas de seguimiento. El no hacerlo podría acarrear que dejaras de cobrar cualquier tipo de pensión por parte del Estado.
Sin embargo ¿compensa el intento de querer aumentar la pensión?
La respuesta a esta pregunta depende de cada persona, pero no hay dudas de que las cuantías varían bastante. No tiene nada que ver un hombre que ha sufrido un accidente puntual a uno que necesita la ayuda de un cuidador. Por tanto, puede llegar a compensar el intento de ampliar la pensión.
Es por ello que, frecuentemente, los individuos solicitan una revisión de su diagnóstico para mejorar su grado de incapacidad asignado. Estas varían según el nivel de afectación por enfermedad o accidente.
La incapacidad permanente parcial implica una indemnización de 24 mensualidades basadas en la base reguladora utilizada para calcular la incapacidad temporal. La incapacidad permanente total otorga al beneficiario el 55% de la base reguladora. Este porcentaje aumenta un 20% después de los 55 años si se presume dificultad para encontrar empleo en otra actividad.
Por último, la incapacidad permanente absoluta equivale al 100% de la base reguladora. La gran invalidez también es el 100% de la base reguladora, pero además se añaden complementos económicos adicionales.