Algunas familias tienen la posibilidad de disfrutar de un cheque de ayuda que asciende a 1.200 euros. Sin embargo, la cuantía puede llegar a duplicarse en función de la situación de dicho núcleo familiar. Para que conozcas más en qué consiste dicha bonificación, a continuación te damos unas cuantas claves para solicitarla.
Como es sabido por todos, las familias numerosas cuentan con una serie de ventajas fiscales. Entre ellas está la deducción estatal a la hora de presentar la Declaración de la Renta. Esto permite de alguna manera reducir la cuota diferencial, tanto si el IRPF nos sale a pagar como a devolver.
La cuantía de esta desgravación llega a los 1.200 euros al año, alcanzando los 2.400 cuando se traten de familias numerosas de categoría especial. Además los importes aumentan hasta 600 euros más por cada hijo que se exceda del número mínimo para adquirir la condición de familia numerosa especial.
Dentro de un mismo núcleo familiar puede darse el caso de que haya más de una persona beneficiaria de esa ayuda. De ser así se acabaría prorrateando entre todas las personas a partes iguales. Pero también puede darse el caso de que la cuantía de la deducción se la cedan a una sola.
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¿Quién puede beneficiarse de este cheque familiar?
Podrán optar a este cheque familiar los que sean ascendientes o un hermano huérfano de padre y madre que pertenezca a una familia numerosa. Además debe cumplir una serie de exigencias.
Entre ellas estar dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad como trabajador asalariado o autónomo. También percibir prestaciones contributivas o pensiones abonadas por la Seguridad Social o por Clases Pasivas. Otros beneficiarios serían los profesionales no integrados en el RETA que cobran prestaciones de las mutualidades.
Habrá que demostrar que se forma parte de una familia numerosa con el título oficial que lo acredite. Es preciso aclarar que dicha ayuda resulta incompatible con las deducciones por ascendiente con dos hijos separados o sin relación matrimonial.
Cómo beneficiarse de la ayuda por familia numerosa
La ayuda por familia numerosa puede cobrarse básicamente de dos maneras. En primer lugar, a la hora de realizar la Declaración de la Renta. En el caso de que la cuota resulte positiva habrá que restar la cuantía de la deducción. Cuando resulte negativa nos tocará reclamar la devolución de esa cantidad.
La otra opción consiste en pedir el abono anticipado. De ser así, no será preciso aguardar a la campaña de la renta. El dinero se cobrará todos los meses a través de una transferencia a la cuenta que señale el solicitante.
Para reclamar este abono es preciso cumplir también con una serie de requisitos. Lo reclamará si se trabaja por cuenta propia o ajena, por cada uno de los meses en los que se encuentre en la Seguridad Social.
Para ello requerirán disponer de un contrato a jornada completo, con un mínimo de 15 días al mes dado de alta en el régimen general. También se aceptan los regímenes especiales de la Minería y de la Mar.
Otras opciones que se contemplan es que haya un contrato a tiempo parcial, con una jornada mínima del 50%. Los que estén en el régimen especial agrario deben haber optado por bases de cotización diarias de como mínimo diez jornadas en ese periodo.
En el resto de regímenes especiales exigirán estar dado de alta durante quince días en el mes. De cobrar una prestación contributiva de desempleo o una pensión, sería por cada uno de los meses en los que se percibiera. Para pedir el abono anticipado es preciso presentar el modelo 143 en el instante en el que se cumplan los requisitos.