Aviso muy importante del Boletín Oficial del Estado (BOE) sobre los contratos de alquiler en España. Una de las mayores preocupaciones de los arrendatarios es la posible subida de la mensualidad que pagan. En este sentido, es muy importante tener claro que esta problemática ya fue abordada por el Gobierno.
La alimentación, la energía, el transporte o el ocio han sufrido una importante subida en sus precios a lo largo del último año. Y el alquiler de las viviendas no se quedará atrás, aunque eso sí, cuenta con unas ciertas restricciones que impedirán que el incremento sea abusivo.
El BOE señala el límite que no se puede cruzar con los contratos de alquiler
Los inquilinos de una vivienda arrendada no podrán sufrir un aumento de más del 2% en su renta. De lo contrario tendrían la posibilidad de hacer una reclamación. El pasado 29 de marzo el Gobierno aprobó una limitación a las actualizaciones anuales de los alquileres de casas.
Esta medida se alargará, de momento, hasta finales de año. Hasta la fecha, la mayoría de los contratos contemplaban subidas anuales utilizando el IPC como referencia. El pasado mes de marzo llegó ya al 7,6%, con la previsión de que continuara al alza durante el resto de 2022, como finalmente ocurrió.
En vista de esto, el Ejecutivo se vio obligado a tomar cartas en el asunto. De ahí que decidiera fijar un máximo del 2% anual en los acuerdos que cumplieran un año hasta el 30 de junio pasado. Dicho texto legal se incluye en el Real Decreto-ley 11/2022 de 25 de junio, que cambiaba uno anterior del 29 de marzo.
La intención inicial es que se prolongara solo durante unos meses, pero finalmente ha llegado a todo el año. Así que hasta el 31 de diciembre de 2022, los incrementos en los alquileres no podrán superar el 2%.
En vez de aplicarse el IPC se utiliza el Índice de Garantía de Competitividad (IGC). Por arriba determinan un máximo del 2%, mientras que por abajo se reduce al 0%.
Cuando se trate de arrendadores que no sean grandes tenedores existe la posibilidad de pactar con el inquilino un aumento superior del alquiler. Eso sí, es preciso que entre ambos haya entendimiento y sea aceptado por las dos partes. En el caso de los grandes tenedores, en ningún caso dicho aumento puede rebasar ese 2%.
La estrategia de los caseros para sacar beneficio
Durante los últimos meses el precio de las viviendas de alquiler se ha encarecido de manera importante. Sobre todo en las grandes ciudades, en donde se aprecia como la oferta cada vez es más reducida y la demanda crece. Eso provoca un incremento de los precios.
Muchos caseros que tienen arrendada una casa han tratado de esquivar de alguna manera las limitaciones del Gobierno. Habían determinado una incremento máximo del 2% de la renta. Pero ellos se han decantado por no prolongar los contratos cuando estos llegan a su fin.
De esta manera tienen la posibilidad de firmar uno nuevo, con una renta más adaptada al mercado. Así pueden cobrar mucho más sin necesidad de estar sometido a las restricciones impuestas por la administración.
Pérdida de poder adquisitivo entre los jóvenes
Muchos de los que recurren a los pisos de alquiler suelen ser jóvenes, con recursos limitados y en ocasiones obligados a compartir casa. Sin lugar a dudas se trata de un colectivo muy vulnerable, castigado por las continuas crisis del país. Cuentan con sueldos precarios, y más desde que estallara la crisis de 2008.
En este periodo, el alquiler medio ha crecido ocho veces más rápido que los salarios de los jóvenes. El salario medio bruto de la población entre 25 y 34 años se elevó un 4,6% entre 2008 y 2020, según 20 Minutos.
Sin embargo esta subida no se ajustó a lo experimentado con el precio de la vivienda. El precio medio de las casas se disparó entre 2008 y 2020 un 38,5%, según el portal Idealista, y el metro cuadrado pasó de 8,1 euros a 11,3.