Varapalo para un cliente del Banco Santander, que comprobará cómo pierde 168. 000 euros tras una decisión judicial. Resultó bastante sorprendente para él, ya que en un primer momento la justicia le había dado la razón. Pero en última instancia acabarían respaldando a la entidad bancaria.
La víctima es un vecino de Córdoba. En su momento decidió llevar a los tribunales al Santander, y la magistrada que se ocupó del caso falló a su favor. Consideraba que había adquirido 250 000 acciones del Banco Popular sin disponer de la suficiente información sobre el mismo.
Además, a su entender, no contaba con los datos suficientes sobre el estado real de la citada entidad. Para ello, el denunciante recurrió a los folletos en los que aparecía la oferta.
Según la jueza, esos documentos eran poco claros y fiables. Todo esto ocurría en el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Córdoba, pero el Banco Santander no parecía dispuesto a quedarse de brazos cruzados.
El papel de los tribunales europeos
Pero el cliente de este banco se encontró con un serio contratiempo en su reclamación. El Santander se apoyó en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Este organismo se ocupó de atender las reclamaciones de los afectados por la quiebra del Banco Popular.
La justicia comunitaria es bien clara en este sentido. Explican que las normativas sobre la resolución de entidades bancarias hacen recaer las pérdidas de la operación sobre los clientes. En este caso sobre los accionistas, recoge eldiario.es.
Indican que las directivas europeas se muestran contrarias a la indemnización. "Se opone a que quienes hayan adquirido acciones en el marco de una oferta pública emitida por dicha entidad ejerzan una acción de responsabilidad". Menciona que no se puede ir contra esa empresa o "contra la entidad que la suceda", que en este caso es el Santander.
Explican que no se les puede reclamar nada "por la información contenida en el folleto. Como se prevé en la Directiva sobre el folleto, o una nulidad del contrato de suscripción de esas acciones".
El Banco Santander empieza a mover ficha
Una vez que disponen de este fallo judicial en su poder, desde el Banco Santander ya han empezado a movilizarse. En vista de lo acontecido decidieron volver a analizar las distintas condenas que tenían sobre la mesa. Sobre todo las que les obligaba a indemnizar a los usuarios de la entidad.
Uno de los casos más sonados es el de esta persona de Córdoba. Se dirigieron a la Sección Primera, que fue la que decidió aplicar la jurisprudencia europea y revocar la sentencia del juzgado andaluz. Les habían condenado a indemnizar a dicho accionista, pero los tribunales comunitarios acabarían finalmente dándoles la razón.
Por lo tanto, el ahorro será considerable para la entidad bancaria. En principio deberían haber devuelto esos 168 000 euros a la víctima, pero ya no tendrán la obligación de hacerlo. Y hay más casos como este.
Desde el primer momento entendían que ellos no tenían que cargar con las irregularidades del Popular. No hay que olvidar que se trata de un banco que acabaron absorbiendo tras producirse un periodo de fusiones.
Las víctimas de este caso recibían con mucha amargura esta noticia. En cualquier caso, todavía tienen una pequeña esperanza. El Derecho europeo presenta una salvaguarda.
Permite que si los accionistas afectados por una resolución sufrieran más pérdidas de las que se hubieran producido en una liquidación ordinaria puedan reclamar. En ese caso la opción que les queda pasa por recurrir a la justicia para que efectúen la devolución de la diferencia.