En la actualidad, tener el dinero en el banco es casi una obligación para hacer todo tipo de operaciones. Sin embargo, eso no quita que sean muchos los clientes descontentos con ciertas prácticas de las entidades bancarias.
Una de ellas es el cobro de comisiones, que no siempre cuentan con la transparencia adecuada. Para arrojar luz al asunto, desde el Banco de España han lanzado un aviso para que los usuarios tengan en cuenta qué es y no legal.
A este aviso se unen algunas resoluciones del Tribunal Supremo. Existe una comisión en particular que los bancos no pueden cobrar. Eso sí, no todos los clientes conocen este hecho y muchos terminan pasando por el aro para no reclamar.
Esta es la comisión que el banco no te puede cobrar
Desde el Banco de España pretenden ser claros al respecto. Por este motivo, han lanzado un aviso sobre los ingresos en efectivo efectuados en una cuenta ajena. Esta operación es una de las que los usuarios, de forma general, siguen llevando a cabo.
En el caso de que tu entidad bancaria te haya informado de que debes pagar una comisión por este tipo de operación, te puedes negar. El organismo oficial avisa de que el banco no puede cobrar ningún tipo de comisión por hacer esto.
La razón es que el ingreso en efectivo está considerado como un servicio de caja. Es decir, es inherente al contrato de cuenta que tengas con tu entidad, sea esta cual sea esta.
Por qué no está autorizado a hacerlo
El Banco de España va más allá y da una explicación al respecto. Al no poder ser remunerado de manera independiente, ninguna entidad está autorizada para poder cobrar ningún tipo de comisión relacionada con esta operación.
Es decir, no le tienes que pagar nada al banco por ingresar dinero en efectivo a otras personas. Estos servicios, de hecho, se retribuyen con la comisión de mantenimiento de la cuenta. En otras palabras, lo paga el titular de la misma si así lo establece su contrato.
De esta forma, en el caso de que otra persona, un tercero, vaya a realizar un ingreso en efectivo en dicha cuenta, el banco no le puede cobrar una comisión extra. Esto es así incluso cuando se indica un concepto como puede ser el nombre del ordenante o el motivo por el que se lleva a cabo el ingreso.
El Tribunal Supremo se pronuncia al respecto
Asimismo, hay que tener en cuenta, que además del Banco de España, desde el Tribunal Supremo también se han pronunciado al respecto. El organismo ha declarado nula la comisión por ingreso en efectivo llevado a cabo por terceras personas, ordenantes del pago, que solicitaban incorporar información adicional en el campo concepto de la operación. Así lo estableció en la sentencia nº 328/2022 de la Sala de lo Civil el pasado 26 de abril.
Estas son las comisiones bancarias más frecuentes
Otra de las cosas que hay que tener en cuenta es qué comisiones suele ser frecuentes que cobren los bancos, así como la legalidad o no de las mismas. Además de la del ingreso en efectivo por terceros, una comisión que es ilegal, tampoco serán legales las comisiones por descubierto, la comisión por devolución de efectos comerciales.
Sí serán legales, por su parte, las comisiones por mantenimiento de la cuenta y las de amortizaciones anticipadas y de estudio/apertura o transferencia/interés de demora. Eso sí, se mantendrán dentro de la legalidad siempre y cuando no se consideren abusivas. Ahora que ya conoces qué comisión es ilegal que te cobre el banco, la próxima vez puedes negarte a abonarla o poner una reclamación si te sucede.