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Mano izquierda con reloj metálico sacando un billete de 50 euros y un billete de 100 euros de un cajero automático

Aviso de la Seguridad Social por el Ingreso Mínimo Vital: podrían quitártelo

Los beneficiarios de esta ayuda en 2022 están obligados a hacer la Declaración de la Renta

La Agencia Tributaria se encuentra en plena campaña de la Declaración de la Renta 2022. Los contribuyentes que estén obligados a hacerla tienen hasta el 30 de junio para presentar el formulario rellenado. Las dudas aparecen muchas veces sobre quién está obligado a declarar los impuestos. 

Pues bien, la Seguridad Social ha recordado que todas las personas que percibieron el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en 2022 están obligados a hacer la declaración. De hecho, no hacerlo supone la retirada de esta prestación. La administración ha dado los detalles sobre esta obligación tributaria.

Además de los beneficiarios de esta ayuda, están obligados a hacer la declaración los que tuvieron ingresos superiores a los 22.000 euros. Y los ingresos superiores a los 15.000 con más de un pagador. Esto es todo lo que tienes que saber sobre Hacienda si cobraste la ayuda de la Seguridad Social.

IMV: ¿Hay que pagar a Hacienda?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva de la Seguridad Social para familias en riesgo de pobreza. El objetivo de la ayuda es garantizar unos ingresos mínimos para la subsistencia de estos hogares. Al ser una prestación no contributiva, está exenta de tributar a Hacienda.

Declación de la Renta
Los beneficiarios del IMV están obligados a hacer la declaración | España Diario

Aunque no están obligados a pagar impuestos, los beneficiarios de esta renta sí tienen la obligación de hacer la declaración. La Seguridad Social recuerda que están obligados a hacerla todos los beneficiarios del IMV sin excepción. Así lo establece la Ley 19/2021 sobre el Ingreso Mínimo Vital.

Sucede lo mismo con el cheque-alimentación de 200 euros, que aunque está exento de impuestos también se tiene que declarar. Pero hacer la declaración no significa tener que pagar a Hacienda. De hecho, la Agencia Tributaria estima que en la gran mayoría de casos la cuota final será cero.

Aviso: puedes perder la ayuda

Las declaraciones cuyas cuantías superen los 11.860 euros sí deberán incluir la ayuda como rendimientos del trabajo. En estos casos la declaración puede salir a pagar o a devolver. Los beneficiarios con unas cuantías inferiores a esta cifra tienen que hacer la declaración, pero sin incluirla.

En el caso de una unidad familiar, deben presentarla todos los integrantes. Y atención, porque no presentar la declaración de la renta habiendo cobrado la ayuda en 2022 supone la retirada de la prestación. Además, el infractor está expuesto a una sanción de hasta 200 euros por parte de la Agencia Tributaria. 

La Seguridad Social ha simplificado recientemente el procedimiento para solicitar el Ingreso Mínimo Vital, que llega cada vez a más personas. Por lo tanto, cada vez más beneficiarios están en el foco de Hacienda por sus obligaciones. Conviene recordar el procedimiento para solicitar esta ayuda.

¿Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?

La Seguridad Social ha habilitado en su sede electrónica dos opciones para solicitar el IMV de manera sencilla. En primer lugar, el acceso a través de certificado electrónico o usuario y contraseña en Cl@ve. Y en segundo, sin firma electrónica a través de este enlace del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).

Un hombre con tres billetes de 50 euros en un cajero de un banco
El IMV es la única fuente de ingresos para miles de familias | Getty Images

A continuación basta con rellenar el formulario y adjuntar los documentos identificativos y necesarios para acreditar los requisitos. Para recibir esta prestación hay una serie de condiciones, entre las que destacan los requisitos económicos. Hay que acreditar la pertenencia a una unidad con bajos ingresos.

Aunque las prestaciones no contributivas están exentas de impuestos, la cosa es diferente para las prestaciones contributivas. Así, por ejemplo, la prestación por desempleo y las pensiones contributivas están obligadas a hacer la declaración del IRPF. No hacerlo conlleva también sanciones económicas.