Por millones de españoles es sabido que la reforma de las pensiones del Gobierno generó cambios notables tanto en pensiones contributivas como en las no contributivas. Aparte de que se revalorizasen las pensiones, máximas y mínimas, el giro del Ministerio de Inclusión. Seguridad Social y Migraciones ha hecho que las pensiones puedan caducar o prescribir.
Con todo, debemos tener claro que los pensionistas podrían dejar de recibir la paga si no cumplen ciertos requisitos que exige la propia Seguridad Social. Hay que tener claro que el Gobierno nos podría dar de baja una pensión o prestación, ya sea contributiva o no, si nos fijamos en lo detallado en su página web.
Las pensiones que pueden prescribir en 5 años, según la Ley General de la Seguridad Social
Y es que las pensiones, tras haber sido reconocidas, podrían prescribir tan solo en un lustro. Nos referimos a los cinco años empezando a contar "desde el día siguiente en el que tenga lugar el hecho causante de la prestación".
Debes prestar la mayor atención, porque no es lo mismo que una pensión caduque a que prescriba. Así las cosas, la Seguridad Social fija que las pensiones prescriben en ese periodo de tiempo anteriormente citado.
Y es que, según establece la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 53, el tiempo echa a andar "sin perjuicio de que los efectos de tal reconocimiento se produzcan a partir de los tres meses anteriores a la fecha en que se presente la solicitud".
Por ello, el plazo de tiempo al que tenemos derecho para solicitar esta pensión es de cinco años. Nos referimos a una norma que incluye todas las pensiones, salvando las de orfandad, viudedad o jubilación. Todas estas no prescriben, pero incluso así, hay algunos supuestos en los que puede haber excepciones, como son los siguientes.
Nos referimos a las causas ordinarias del artículo 1973 del Código Civil. O por la incoación de un expediente tramitado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. O bien cuando haya una acción judicial contra un supuesto culpable, sea vía penal o civil.
Además, la otra opción en la que la prescripción quedaría suspendida es el momento en que existe una acción judicial en curso contra una persona que fuera culpable.
Atento a las pensiones que caducan en un año y pueden quedar sin cobrar
A su vez, tenemos ciertas pensiones que si no se solicitan, se van a perder. Así se recoge en el artículo 54 de la Ley General de la Seguridad Social.
Pero fíjate que algunas pensiones pueden caducar en tan solo un año si no se han hecho efectivas. Así las cosas, la norma fija hasta los supuestos por los que podría suceder está perdida de la pensión.
1. Pensiones concedidas en un único pago
En el caso de una pensión con un único ingreso y el beneficiario no cobra este dinero hasta un año más tarde del que le comunicaron que puede cobrarlo, la perderá. Por ello, si no la reclama en el plazo fijado, ya no podrá cobrarla en un futuro.
2. Pensiones periódicas
Hablamos de un tipo de pensiones que se abonan en los plazos establecidos a nivel mensual. Aquí, si el beneficiario no cobra una mensualidad en ese año desde que venció, perderá todos los derechos y no podrá reclamar este pago más adelante.
Con todo, podemos diferenciar caducidad y prescripción, en el modo de que la caducidad se extingue del todo el derecho a cobrar la pensión.
Pero, en el caso de la prescripción, el beneficiario pierde la oportunidad de cobrar las mensualidades que han quedado atrás. Eso sí, no hay ninguna duda de que sigue teniendo el mismo derecho para las que vengan en un futuro.