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Interior de unas oficinas de la Agencia Tributaria con un empleado en segundo plano

Hacienda lo deja claro: si cobras esta nómina, no dudará en embargarte si hace falta

Descubre cuánto te quitará de la nómina si tienes deudas pendientes

Cuando llega el final de mes, lo que más desean los trabajadores es cobrar su nómina al completo. Una nómina que viene como agua de mayo en estos tiempos, aunque debemos saber que a veces podemos no cobrarla en su totalidad por diversas circunstancias.

Todo aquel que cobra un salario a final de mes está de enhorabuena. Eso sí, ándate con ojo. Y es que si no cumples con tus obligaciones, puedes llevarte un buen susto cuando menos te lo esperes.

Aunque creamos que nuestra nómina es sagrada, Hacienda puede jugarte una mala pasada y en ello vamos  a poner el foco en este artículo. En caso de que el trabajador tenga una deuda o impago, es posible que se vaya a dejar parte de su nómina en algún que otro embargo.

Hacienda se pone seria y te embargará este dinero si cobras una nómina determinada

Si no estás al día con tus pagos, puedes sufrir de lo lindo, aunque puedas pensar lo contrario. Lo cierto es que los trabajadores asalariados con deudas o impagos, tienen el miedo de que las autoridades puedan pedir a sus respectivas empresas que no les paguen toda la nómina.

Mano de una persona contando billetes de 50 euros con el fondo de la imagen difuminado
Toda nómina que no supere el equivalente al SMI no puede ser embargable | Getty Images

Y es que están obligados a quitarles parte de su sueldo hasta que dejen finiquitada esa deuda que tenían pendiente. A su vez, para su desgracia no pueden negarse si no quieren ser considerados responsables subsidiarios del pago.

Eso sí, la situación no es tan grave para algún tipo de trabajadores, y en este caso su salario sería inembargable si cobra menos del equivalente al Salario Mínimo Interprofesional.

Hay que recordar que en este año 2023, el SMI ha quedado fijado en 1080 euros brutos mensuales si nos referimos a 14 pagas. O bien en 1260 euros brutos cada mes si estamos hablando de 12 pagas.

Las nóminas que superen el equivalente al SMI pueden ser embargadas

Pues bien, esta situación, fijada por la ley, provoca que solo una nómina que supera el SMI podría ser embargada parcialmente si así lo considera un juez. O también puede ejecutarse si lo tiene a bien una autoridad de la Agencia Tributaria.

Interior de unas oficinas de la Agencia Tributaria con una funcionaria atendiendo un contribuyente
Hacienda tiene una mala noticia que dar a aquellos trabajadores con algún tipo de deuda | Europa Press

Lo cierto es que si cobras más del equivalente el SMI, ponte en lo peor porque te van a embargar una cantidad notable que seguro la notas a final de mes. Para cobrar este tipo de deudas, la autoridad competente marca unos baremos por tramos para ir recuperando todo lo que adeuda dicho trabajador.

En este caso, para aquellos sueldos de entre 1080 y 2160 euros, se puede embargar un 30 % todos los meses. En la situación de cobro entre 2160 y 3240 euros se podría embargar hasta un 50 % del tramo. Por otro lado, si se cobran entre 3240 y 4320 euros al mes estaríamos hablando de un embargo de hasta el 60 %.

El embargo puede llegar hasta el 90 % si cobras más de 5400 euros al mes

En lo que respecta a los sueldos entre 4320 y 5400 euros, este embargo alcanzaría un 75 %. Y mucho cuidado para aquellos que cobran más de 5400 euros, ya que la cantidad sería de un 90 % de ese salario que supere al SMI.

Por tanto, si no superas el equivalente al Salario Mínimo Interprofesional, estate tranquilo porque Hacienda no te va a embargar ni un euro de tu salario. En caso contrario, ponte a temblar, porque cuanto más dinero percibas a final de mes, más te van a quitar si tienes alguna deuda pendiente. Una situación que puedes zanjar por lo sano pagando todas las deudas que debas y así te llegará tu nómina a final de mes completamente íntegra.