Cada vez son más los españoles que se mueven en moto por nuestras carreteras. Ante el importante incremento de personas que recurren a este medio de transporte, la Guardia Civil ha querido lanzar una advertencia. Hay una conducta de estos usuarios que genera muchas dudas y que puede ser sancionada.
Hace unos meses se reactivaba la polémica tras hacer una pregunta en Twitter: "¿Pueden o no pueden los motoristas usar el arcén de la carretera?". La respuesta que ofrecían no pareció convencer a la gente.
Esta es la respuesta correcta a la pregunta de la Guardia Civil
Indicaban a los moteros que "usar el arcén o hacer slalom para adelantar, además de ser infracción, te pone en peligro". Nadie pone en duda el riesgo que presenta ese tipo de maniobras. Pero existen muchas dudas sobre la legalidad de circular por el arcén, sobre todo cuando hay retenciones.
Un usuario de la red social señalaba que "tras los últimos cambios del código de circulación, se puede usar el arcén en caso de congestión. Sin superar los 40 km/h (en moto, claro)". Otro internauta le corrigió y escribió que "está prohibido y es sancionado con 200 euros. Se quiso añadir con la última reforma, pero quedó excluido".
Como se puede comprobar, hay opiniones para todos los gustos y la norma no parece estar demasiado clara para los moteros. También hay diferencias en lo que se refiere a la conveniencia de circular en moto por el margen de la carretera.
Uno se preguntaba si "no es más seguro que la moto circule por el arcén que por en medio de los dos carriles". Recibía la réplica por parte de otro, que apuntaba que "la moto es un vehículo más, y deberá de usar su carril, como cualquier vehículo".
Solo se podría usar en ciertas situaciones
Un usuario se encargó de rescatar un antiguo tuit que publicó en 2020 la Dirección General de Tráfico. Con él quería zanjar el asunto. La DGT anunció en 2018 un paquete de 14 medidas para reducir la siniestralidad de las motos.
Entre otras cosas contemplaba la obligación de utilizar guantes de protección y la posibilidad de habilitar los arcenes en ciertas circunstancias. El subdirector de Movilidad de Tráfico, Jorge Ordás, aseguró en una entrevista que la idea era realizarlo "en zonas frecuentemente congestionadas. Y en coordinación con el titular de la vía".
Añadía que la velocidad máxima para estos vehículos de dos ruedas quedaría reducido a 40 km/h cuando se movieran por el arcén. Pero se trataba de una simple propuesta que no fue más allá. Para ello es preciso que se apruebe el decreto de protección de usuarios vulnerables en el que trabaja la DGT desde 2018, recoge El País.
De momento no existe fecha prevista para su tramitación en el Congreso. Por lo tanto, el reglamento de circulación se mantiene igual, sin variaciones al respecto.
La legislación indica que "el conductor de un automóvil (...) circulará por la calzada y no por el arcén. Salvo por razones de emergencia". Entienden por automóvil cualquier vehículo que se mueva por sí mismo y lleve motor.
Una sanción de 200 euros
No hacer caso de esta norma implica cometer una infracción grave. Por lo tanto, las motos que vayan por el arcén para adelantar sin un motivo que lo justifique serán multados con 200 euros. Eso sí, no supondrá la retirada de puntos del carnet de conducir.
Por lo que se pudo comprobar de las reacciones de los usuarios en redes sociales, la norma no está especialmente clara. También existe la posibilidad de que los usuarios no conozcan las leyes. En cualquier caso, queda prohibida la circulación por los márgenes de la vía.