En el año 2021 entraba en vigor el complemento para reducir la brecha de género en España. Su objetivo principal era reparar el perjuicio profesional que padecen los progenitores cuando asumen el papel principal en el cuidado de los hijos.
Este complemento funciona como un extra que pueden percibir los pensionistas, según el tipo de pensión que perciban (incapacidad, viudedad o jubilación). Asimismo, lo pueden obtener incluso aunque cobren la pensión máxima establecida.
Como el INSS recoge en su página web, este extra beneficia a todas las pensiones que se aprueben a partir de dicha fecha. En este 2023, la cantidad por cada hijo es de 30,40 euros al mes. Es decir, 425,60 euros al año.
Claves para conseguir este complemento
Tanto en 2024 como en 2025, el complemento se incrementará en un 10%, como queda recogido en la segunda reforma de las pensiones. Entre los requisitos, está el estar jubilado, tener hijo y contar con una pensión contributiva.
Para los nacimientos de antes de 1995 hay unos requisitos especiales. Se debe contar con un mínimo de 120 días de ausencia de cotización entre los 9 meses antes del nacimiento y los 3 años posteriores.
A partir de 1995 la cosa cambia. La suma de las bases de cotización de los 24 meses después del nacimiento del hijo debe ser, como mínimo, un 15% menos a la suma de las bases de cotización de los 24 meses antes del nacimiento.
Este complemento extra solo lo puede percibir una de las dos personas de la pareja. En especial, se dirige a las mujeres. La razón es que, como indican desde la Seguridad Social "sufren más en su vida laboral el impacto de tener un hijo".
Sin embargo, también pueden solicitarlo los padres, siempre que se hayan visto más perjudicados en su carrera laboral. Y, si la pareja está formada por personas del mismo sexo, el complemento para reducir la brecha de género lo percibirá aquella que cuente con una pensión menor.
Qué requisitos hay que cumplir para recibirlo
En el caso de que los padres deseen percibir este complemento deben estar cobrando una pensión. Deben contar con:
- Una pensión de viudedad por el fallecimiento del otro progenitor de los hijos en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.
- Una pensión contributiva de jubilación.
- Una pensión de incapacidad permanente.
Además el requisito clave para que te den este plus, es haber interrumpido o visto afectada su carrera profesional debido al nacimiento o adopción de algún hijo.
Según la Seguridad Social, no se reconocerá derecho a cobrar este extra al padre o madre en una situación. Y es cuando este "haya sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial".